El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado que el Ayuntamiento de Güímar sí puede ejecutar la sentencia que anula dos parcelas de la reserva del Malpaís incluidas en el proyecto de compensación del proyecto del plan parcial El Puertito para equipamiento escolar y deportivo y "que no pueden tener otra consideración que suelo rústico", por lo que propone un nuevo plan de compensación en la zona.

Por ello, el TSJC ha anulado la petición de la corporación de no ejecutar dicha sentencia por su imposibilidad. El tribunal apunta que "una sentencia de nulidad es siempre perfectamente ejecutable", e insiste en que esta nulidad cuenta con una sentencia firme, siendo ello "una razón imperativa legal y no una mera cuestión interpretativa".

Cabe recordar que fue la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC la que emitió esa sentencia firme dando la razón a quienes defendían que el plan parcial situado a la entrada de El Puertito de Güímar incluía 26.338 metros cuadrados, divididos en dos parcelas, que forman parte de la reserva natural especial del Malpaís de Güímar. Precisamente, en ese espacio se emplazó el suelo reservado a equipamiento público.

Se da la circunstancia de que el Ayuntamiento güimarero había concedido licencias de obras en este plan parcial llegando una promotora a poner en venta, sobre plano, algunas promociones. Es más, una de las parcelas está ocupada por una edificación ya habitada.

El juez de la sección segunda ha señalado en el fallo que "en lo que respecta a que el Plan General de Ordenación Urbana o el plan parcial contradigan la ley carece de eficacia, porque sobre ellos está la ley, máxime cuando así fue declarado en la sentencia".

Fue en el año 2005 cuando el gobierno municipal de entonces, formado PP y CC, otorgó la licencia para desarrollar el plan parcial El Puertito. El TSJC condena ahora al Ayuntamiento de Güímar a pagar las costas del juicio "por temeridad manifiesta en el planteamiento del incidente".

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