DORY MERINO, Tenerife
Un juez del Puerto de la Cruz ha obligado a un abogado de Familia en ejercicio en Tenerife a reconocer a una hija de 35 años, después de que ésta iniciara los trá- mites legales y lo demandara "por la necesidad vital de saber quién es mi padre y, sobre todo, porque, de acuerdo a la legislación vigente, toda persona tiene derecho a conocer a sus progenitores, a lo que se une que él se negó a pedir perdón por el daño causado a mi madre cuando fui a pedírselo personalmente después de cumplir los 18 años", tal y como manifestó en la declaración judicial a la que ha tenido acceso EL DÍA.
La reclamante vivió toda su infancia sin saber quién era su padre. La familia materna se lo ocultó. Sin embargo, en las testificales queda de manifiesto que la mujer deseó que el padre de su hija asumiera la situación, aunque sólo fuera de forma privada -debido a que en esa época el abogado ya ejercía esta profesión y era conocido-, sobre todo para que la niña no tuviera ese "vacío" en su vida.
Pese a los intentos de la mujer, esto nunca ocurrió. Estando embarazada, se desplazó hasta Madrid para que allí naciera su hija. Después buscó trabajo en Alemania y regresó a Canarias con la pequeña cuando esta cumplió 4 años.
Cuando la reclamante tenía 8 años, su madre volvió a intentar que el abogado reconociera privadamente a su hija. Con este motivo, las dos se desplazaron hasta el municipio del letrado y quedaron en un bar con él, pero se fueron sin conseguir el objetivo y la madre, "con lágrimas en los ojos", comunicó a la niña que ese hombre era su padre. La joven recuerda perfectamente el hecho. Añade que se mostró "pasota" respecto al varón que acababa de conocer y le dijo a su madre que prefería no saber nada "de ese hombre que te hace llorar".
Las testificales precisan que la madre de la reclamante empezó a dar señales de una profunda depresión y comenzó un tratamiento psiquiátrico. El 15 de noviembre de 1988 la mujer falleció en tristes circunstancias en Santa Cruz.
La hija insiste en que ella no culpa a su padre de este hecho.
La niña tenía 14 años en ese momento, pero al cumplir los 18 alguien de su entorno le cuenta la verdad sobre sus padres y ella decide acudir ante el supuesto progenitor con el único fin de pedirle su reconocimiento privado y "poder equilibrar su vida, como es natural en todo ser humano". Por este motivo, la joven se personó en el despacho del abogado de Familia, el 7 de octubre de 1992, y le relató su propio caso, pero aportando nombres ficticios. Cuando el letrado le dijo que esa situación tenía que resolverse y se ofreció a tramitarlo judicialmente, le puso sobre la mesa las identidades reales. La respuesta del abogado fue reiterar con voz alta que él no era su padre. Entonces, la joven tomó una decisión: esperaría hasta tener las fuerzas necesarias para acudir a la justicia y demostrar la paternidad negada.
El 23 de febrero de 2007 presenta en los juzgados del Puerto de la Cruz la demanda de filiación sin posesión de estado, que se ganó en primera instancia por la declaración de los testigos y la negativa de la parte imputada de someterse a las pruebas de ADN.
La audiencia solicita que se fije una fecha para tomar las pruebas de ADN ante el forense del juzgado, concluyendo que existe similitud entre ambas personas de un 99,95 por ciento (inequívocamente son padre e hija), como precisa el documento al que ha tenido acceso este periódico. La sentencia definitiva tiene fecha del pasado 11 de diciembre.
Este rotativo contactó con la reclamante, quien, en primer lugar, dejó claro que ella no quiere ningún protagonismo y no ha buscado ningún fin económico. Señaló que así se lo ha comunicado a su padre e hizo hincapié en que sólo "busca hacer justicia con su madre".
Este periódico se puso en contacto ayer con el abogado tinerfeño al que se le reclama el reconocimiento de la paternidad para conocer su opinión, pero declinó hacer declaraciones al respecto.
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