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V.MARTÍN, S/C de La Palma
El Ayuntamiento de Breña Baja tiene un plazo de tres meses para instruir el expediente de responsabilidad patrimonial iniciado por la empresa Daminvest SL contra la propia corporación local, en el que se solicita una indemnización de cerca de 1,2 millones de euros por recalificar como zona verde un solar que tenía la categoría de turístico, ubicado en Los Cancajos.
El litigio se remonta al año 1995. La empresa afectada había adquirido un terreno de unos 12.000 metros cuadrados junto al hotel Taburiente, en el "corazón" del principal núcleo turístico de La Palma, donde en principio, en el momento de la compra, estaba permitida la construcción de alojamientos.
Sin embargo, en la revisión del Plan General de Ordenación de Breña Baja, hace ya 14 años, se recalificó el uso de este suelo después de que el Gobierno de Canarias advirtiera al alcalde breñusco, por aquel entonces José Manuel González, de la obligación de contar con más zonas verdes en respuesta al número de camas que se ofertaban en Los Cancajos. En aquel momento, se decidió que en el terreno de Daminvest SL ya no se podría construir y, con ello, perdió gran parte, casi todo, de su valor.
El ayuntamiento argumenta en su defensa que la empresa afectada no presentó ninguna alegación en el trámite de información pública ni en la aprobación definitiva de la revisión del planeamiento municipal. Además, siempre según la versión municipal, tampoco hubo reclamaciones por la reparcelación económica de la unidad de ejecución de Los Cancajos, que se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de fecha 12 de enero de 1998 y que afectaba al suelo en litigio.
Años de negociación.- Por el contrario, desde la empresa, concretamente el abogado que la representaba, se afirma: "Después de haber negociado durante un dilatado espacio de tiempo, haber presentado diferentes propuestas, haber mantenido cuantiosas reuniones con los responsables políticos del ayuntamiento, así como con sus técnicos, concretamente hasta septiembre del año 2008, sin haber llegado a un resultado satisfactorio, lo cierto es que hasta la fecha actual no se nos ha dado indemnización alguna por el aprovechamiento urbanístico que se nos ha limitado singularmente, y tampoco se ha procedido a la adquisición negociada de la parcela, o, en su caso, a dar inicio al respectivo expediente de expropiación forzosa".
Para ajustarse a la verdadera realidad hay que decir que durante todos estos años sí existió un acuerdo entre ambas partes, por el que el ayuntamiento breñusco se comprometía, tras valorar el suelo, al abono de un importe de 1.190.000 euros, en concepto de indemnización por el aprovechamiento singularmente sustraída y expropiación del terreno. El pacto, que en principio era firme, fue roto por la corporación local, que en momentos de crisis se vio limitado o impedido para cumplir con lo que había suscrito en tiempos de bonanza económica.
La empresa Daminvest SL, después de años de contactos sin cerrar acuerdos, decidió el 28 de abril de 2009 presentar un escrito reclamando indemnización por responsabilidad municipal. La respuesta del ayuntamiento fue un acuerdo de la Junta de Gobierno Local, con fecha de 30 de junio de 2009, en el que manifestaba "la prescripción de la acción para reclamar", y, por ende, "la improcedencia de entrar en el fondo del asunto".
Consejo Consultivo.- Las diferencias entre unos y otros acabó, al menos por ahora aunque sin descartar otras vías, en el Consejo Consultivo de Canarias, que el pasado mes de octubre determinó que la prescripción de la acción para reclamar, acordada por la corporación local, no era conforme a derecho, por lo que "se debe tramitar el correspondiente procedimiento de responsabilidad patrimonial".
El Ayuntamiento de Breña Baja atiende la conclusión del órgano regional y esta misma semana, concretamente el pasado jueves, día 26 de octubre, abrió un período de quince días para tramitar el expediente de Daminvest SL, tal y como se recoge en el BOP.
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