EL DÍA, Güímar
El artículo 78 de la Ordenanza Municipal de Limpieza del Ayuntamiento de Güímar establece que los propietarios de bares, restaurantes, tiendas de comestibles y de cualquier establecimiento abierto al público, o quienes por cualquier título se encuentren al frente de los mismos, están obligados a comprar los contenedores para la basura y a identificarlos, previa autorización del consistorio, así como a su conservación y limpieza.
El mismo será de 800 ó 240 litros de capacidad, de color verde y serigrafiado (con color blanco reflectante siendo el ancho del texto de 10 centímetros, al menos) con el nombre del establecimiento junto a la frase uso privado.
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