EL DÍA, La Laguna
El juzgado número uno de Santa Cruz de Tenerife emitió el pasado 31 de julio una sentencia que obliga al Ayuntamiento de La Laguna a prohibir la música en el pub Kapitel, cumpliéndose así la medida cautelar adoptada anteriormente al comprobar que las correcciones del ruido no han sido eficaces y, por tanto, persisten las molestias a los vecinos de la zona.
El juez no considera que haya existido temeridad o mala fe a la hora de imponer las costas, pero sí obliga al consistorio a poner fin a la música en el citado local, que se transmite mayormente por el impacto de los bajos sobre la estructura del edificio. El ruido superaba el límite máximo permitido, de 30 decibelios, si bien en la sentencia se aclara que el aumento se podía deber, en gran parte, a los efectos aditivos del exterior y ajenos al local en sí, por conversaciones o gritos en la calle, circulación de vehículos... No obstante, y según consta en la sentencia, este aspecto no se pudo esclarecer técnicamente "por impedirlo el titular del establecimiento, al oponerse al desalojo del local".
El negocio dispone de permiso de actividad clasificada. Sin embargo, en el fallo se recalca que el derecho al descanso existe con independencia de la fuente de ruidos, por lo que las medidas correctoras han de prevenirlo y evitarlo, tanto del establecimiento como del exterior, "aunque no le sea imputable" al local.
El juzgado alude a una comprobación de la Oficina Técnica Municipal que constata que las medidas correctoras son insuficientes. En este sentido, se subraya que se trata de una condición "insoslayable para que se autorice el funcionamiento de la actividad clasificada, cuya licencia sólo es válida si no genera los ruidos, molestias y perjuicios de cuya prevención se trata precisamente con el control que efectúa la licencia".
© Editorial Leoncio Rodríguez, S.A. |Aviso legal | Mapa del sitio | Publicación digital controlada por OJD