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R.BARRETO, Icod
La comunidad de propietarios del edificio Asomada de Icod de los Vinos exige el cumplimiento de una sentencia judicial que obliga a la constructora del inmueble a reparar los balcones defectuosos, cuyos desprendimientos constituyen un peligro para la seguridad de las personas. El Juzgado de Primera Instancia, número 2, de la Ciudad del Drago condenó a los demandados a la reparación de tales balcones el 7 de julio de 2005. La sentencia fue recurrida ante la sección tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que la desestimó, y, en consecuencia, la confirmó el fallo judicial en primera instancia en todos sus términos, según aseguró a EL DÍA el presidente de la asociación de vecinos La Asomada de Icod de los Vinos, Jerónimo de Francisco Navarro.
La Audiencia Provincial ratificó, igualmente, la sentencia recurrida el 7 de abril de 2006, en la que asume el criterio técnico de que todos los balcones del edificio estaban mal construidos y que se tenía que derribar para volverlos a edificar. Hasta la fecha esta sentencia no se ha mandado a ejecutar.
El edificio fue construido hace años en la calle José Rodríguez Ramírez, y se detectaron fallos en su construcción que no fueron subsanados y que dieron lugar a un pleito entre los propietarios y la constructora.
En este conflicto concurren una serie de circunstancias tales como que el ayuntamiento forma parte de la comunidad de propietarios, dado que es titular del local de la planta baja, cedido al Consorcio de Tributos de la Isla de Tenerife, al que entran y salen muchas personas de la comarca del Noroeste todos los días, debido a que van a pagar sus contribuciones y demás impuestos, y que, según indica el presidente de la asociación vecinal, están debajo de los balcones. Asimismo, la municipalidad ha arrendado otro local en el mismo edificio, que alberga a la empresa Icodemsa, que también está debajo de los citados balcones.
Jerónimo de Francisco Navarro precisa que "antes de haberse dictado las sentencias, el ayuntamiento icodense mandó vallar la zona, a petición de dicha comunidad de propietarios, y requirió la presencia de los bomberos para que éstos estimaran la posible peligrosidad que se pudiera derivar del estado de los balcones".
Para el representante vecinal "resulta muy curioso que en relación con el mismo Edificio Asomada tampoco se haya mandado a ejecutar una sentencia de demolición de una vivienda construida en la azotea de dicho edificio y de una escalera instalada en uno de sus patios interiores, ambas ilegales, y de abono de las costas causadas, dictada por el Juzgado de 1ª Instancia de Icod de los Vinos un 29 de septiembre de 1997, sentencia contra la que se interpuso un recurso que fue desestimado por otra sentencia de la Audiencia Provincial Santa Cruz de Tenerife".
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