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M.G., S/C de Tenerife
El Diputado del Común, Manuel Alcaide, incluye en su último informe al Parlamento, correspondiente al año 2008, una dura crítica a la tendencia de las ad- ministraciones públicas -especialmente las tributarias- a recurrir al silencio administrativo ante las "solicitudes, cuestiones y recursos que los ciudadanos les plantean", un fenómeno que, junto a otros que se dan en el seno de estos organismos, constituye un ejemplo del "funcionamiento anormal" que aqueja al sistema.
Las actuaciones de la administración económica y tributaria del Archipiélago motivan un total de 169 reclamaciones. Esta cifra "supone un incremento en la cuantía de los expedientes que cada año tramita esta institución", señala el texto.
"Lamentablemente, hemos de decir, un año más, que, entre los motivos de queja más frecuente en esta área está la falta de respuesta de la Administración pública de Canarias" a las demandas que le remiten los ciudadanos. Según Manuel Alcaide, en las Islas "no se cumple con la obligación legal de resolver de forma expresa y se recurre a la figura del silencio" y se hace "de forma desviada a como se ha concebido e interpretado ya por el legislador, ya por el máximo órgano jurisdiccional, el Tribunal Supremo, como por el máximo garante constitucional, el Tribunal Constitucional".
En este sentido, el Diputado del Común percibe "una posición asumida de forma general, en el ámbito tributario y recaudatorio", que consiste en que, si el ciudadano no está conforme con la inactividad de la Administración debe acudir a los tribunales de Justicia, para dirimir, en sede jurisdiccional, su asunto". A juicio de Alcaide, esto constituye una interpretación "desviada" no sólo de lo que es la autotutela Administrativa, "sino también del interés general".
Recuerda esta institución que el Tribunal Supremo ha establecido en numerosas ocasiones que el silencio administrativo "sólo está concebido en beneficio del interesado, que lo puede hacer valer según le interese". Esta doctrina legal, lamenta, "no se ha imbricado en el actuar administrativo".
Otras actitudes de la administración tributaria merecen también las críticas del Diputado del Común, caso de la propensión a resolver los procedimientos fuera de plazo. Según el informe, "ni tan siquiera informa a los interesados, cuando actúa de oficio, de cuál es el plazo legal que tiene para resolver y notificar los procedimientos tributarios y, en su caso, el sentido del silencio", que es, recuerda Alcaide, "una obligación legal".
El defensor del pueblo canario ha detectado que, "ante los reiterados incumplimientos de los plazos", la Administración no acuerda ni notifica la resolución que declara su caducidad y consiguiente archivo, sino que este hecho se comunica con el "reinicio" de un nuevo procedimiento como si fuera un antecedente del anterior y no una resolución del que ha caducado. Esto constituye "un uso desviado" de la figura de la caducidad que, en este tipo de procedimientos, "debe estar al servicio de la seguridad jurídica de los administrados".
"Las autoridades responsables de los distintos servicios tienen la obligación de buscar la solución a esta grave patología de la Administración pública de Canarias, que contribuye así a saturar los tribunales de Justicia debido a los escasos medios que se dedican a esta cuestión", expone Alcaide, para quien este problema constata un "funcionamiento anormal" de las administraciones, que incurren de esta manera en la exigencia injustificada de tributos.
Igualmente, se han recibido "abundantes quejas" sobre el embargo de cuentas corrientes bancarias a ciudadanos a los que "en ningún momento anterior se les ha comunicado, en el periodo voluntario de pago, la obligación de abonar la deuda tributaria en cuestión".
También denuncia el Diputado del Común que "algunas administraciones públicas canarias utilizan las prerrogativas que el ordenamiento jurídico tributario y recaudatorio les otorga para exigir y recaudar derechos económicos que están claramente prescritos".
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