Es la Reserva para Inversiones en Canarias. Ni más ni menos. Durante bastante tiempo, al menos en los medios de comunicación -y no creo que por invención de éstos- se ha hecho referencia a ello como Reserva de Inversiones de Canarias, y en base a esta denominación se llegaron a formular peregrinas ideas, tales como invertir los fondos de esa Reserva en Senegal, Marruecos u otros lugares allende Canarias. Aunque profano en la materia, pero respetuoso con el significado de las palabras y la gramática, he defendido unas cuantas veces en esta columna el concepto que las preposiciones otorgaban a la frase: no es lo mismo decir "de" que decir "para"; no es lo mismo decir "de" que decir "en". Con la expresión tantas veces utilizada como Reserva de Inversiones de Canarias parecía que, siendo de aquí, se podría materializar donde se quisiera. Con la expresión ortodoxa (conforme a su instauración y que se especifica en los documentos de Hacienda al respecto) tal Reserva ha de materializarse en Canarias, que para ello fue su constitución.
A lo largo del tiempo se han venido pidiendo a Hacienda prórrogas para la materialización, transcurridos los cuatro años que la ley establecía para tal fin. Una clara dejación de los gobiernos de turno de Canarias para requerir y establecer proyectos que cumpliesen con el fin de la RIC. Menester es no olvidar que tal Reserva se nutre de los beneficios de las empresas que no tributan a la Hacienda pública para contar con ellos en las actividades pertinentes para el desarrollo de Canarias. Y así, en las sucesivas peticiones de prórroga se decía que había tantos o cuantos miles de millones de pesetas cuya inversión no se había efectuado por las causas que fuere.
En EL DÍA de 21 de abril de 2009 podíamos leer: "La CEOE-Tenerife pedirá este año un aplazamiento de la RIC". Metidos en el texto podíamos enterarnos de que dicha organización "pedirá la ampliación del plazo para materialización de la Reserva para Inversiones en Canarias (RIC), que vencerá a finales de año". Se decía también que "la patronal tinerfeña está esperando (?) una reformulación del Régimen Económico y Fiscal de Canarias (REF), en el que se pondrá especial énfasis en asegurar el pleno rendimiento de los recursos con que se dota la RIC, puesto en cuestión por la falta de financiación bancaria". Se recogía asimismo: "Para que los empresarios no tengan que abonar los impuestos que dejaron de pagar gracias a su aportación a la RIC (?) resulta fundamental facilitar el acceso a financiación preferente, así como superar la limitación del 50% (elevándolo al 100%) para la materialización en deuda pública y en obras e infraestructuras públicas". Algo así como cambiar las reglas de juego por las que aquella dotación ¿se hizo? cuando el partido se está acabando.
El "¿se hizo?" no lo he puesto así a humo de pajar ya que más adelante, en el texto, podemos leer respecto de la anterior petición de prórroga: "Entonces la patronal argumentó que la financiación ajena era un recurso habitual para hacer efectiva la RIC, dado que el dinero destinado a la misma no está, por norma, en la tesorería de las empresas y que esa vía está ahora casi cerrada". Y aquí mi absoluta confusión: los beneficios empresariales no aportaron en su día la tributación pertinente, al amparo de la dotación correspondiente a la RIC; la citada Reserva no se aplica en tiempo y forma al fin establecido para lo que se creó; para hacer efectiva la RIC hay que recurrir a financiación ajena; la RIC no está en la tesorería de las empresas. Entonces ¿dónde está la RIC? Lo que sí es seguro es que la Hacienda pública no contó con aquellos recursos impositivos para dedicarlos a financiar los Presupuestos del Estado. No entiendo nada. Y este no entender me parece que afecta a muchos ciudadanos de esta Comunidad.
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