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EFE, Madrid
Las autonomías y los sectores educativos mantienen opiniones divergentes sobre la concertación de colegios privados que educan por sexos, aunque unos y otros coinciden en cimentar sus argumentos en la legislación, principalmente en la Ley Orgánica de Educación (LOE), y la jurisprudencia. La polémica resurgió el martes, cuando la Consejería de Educación de Cantabria anunció que no renovará la subvención a un centro que sólo escolariza niños ni se la concederá a otro de niñas.
Entre las comunidades contrarias a suprimir el concierto, Madrid dice que se limita a "garantizar" la pluralidad de opciones escolares dentro del marco de derechos y libertad de la Constitución. Según dicha autonomía, la legislación "permite" la financiación pública de estos centros y hay jurisprudencia y organismos internacionales que avalan esta educación.
Están concertados unos 60 centros de educación diferenciada (muchos vinculados al Opus Dei), aunque hay autonomías donde no se da esta circunstancia (Aragón, Baleares, Canarias, Castilla-La Mancha y Extremadura), mientras que la Comunidad Valenciana no dispone de datos concretos.
La mayoría de esos colegios están en Cataluña (16), Andalucía (12) y Madrid (9), además de en el País Vasco (5), Galicia (5), Navarra (3), Asturias (2), Cantabria (2), Castilla y León (2), Murcia (2) y La Rioja (1).
Hay otros muchos factores, además del sexo, que influyen en la trayectoria académica de un alumno, indica el psicólogo y pedagogo Valentín Martínez-Otero, profesor doctor de la Facultad de Educación de la Universidad Complutense.
Si se opta por una educación diferenciada, que es "respetable", se debe garantizar la relación suficiente de chicos y chicas con el otro género para evitarles un déficit social y afectivo, dice.
El éxito académico, añade, no dependerá tanto de separar por sexos como de la atención personal que cada alumno requiera por sus propias circunstancias.
Desde la Universidad de Navarra, el profesor del departamento de Educación Javier Laspalas señala que retirar el concierto significa "sancionar" a los padres por una opción educativa "legítima".
Añade que la educación diferenciada está avalada por experiencias positivas, caso de los barrios pobres de Chicago, y no es discriminatoria siempre que se dé igual trato a niños y niñas.
Según el artículo 83.4 de la LOE, "en ningún caso habrá discriminación", en la admisión de alumnos de centros públicos y concertados, "por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". Los centros que desarrollen la coeducación en todas las etapas tendrán atención "preferente y prioritaria" en las previsiones de la ley.
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