CARLOS ACOSTA, S/C de Tfe.
La planificación fiscal, que siempre ha sido un elemento clave para las empresas, ahora más que nunca constituye un instrumento fundamental para los hogares. Vale la pena enterarse de las novedades incluidas este año porque, al venir marcadas por el signo de la crisis, permitirán salvar dinero a las maltrechas economías de muchas familias.
Lo primero que hay que tener presente al planificar la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del ejercicio 2008 es la necesidad de buscar asistencia profesional para aprovechar al máximo las nuevas deducciones y otras posibilidades tributarias. Esto es así porque las particularidades de cada persona y familia hacen variar las estrategias a seguir en cada caso.
En general, los cambios en esta oportunidad mejoran la situación de los contribuyentes, señala el asesor fiscal y contable Carlos Tabares, que, en particular, destaca entre las novedades la ampliación del plazo para beneficiarse de las deducciones fiscales que ofrece la cuenta vivienda y la prórroga para reinvertir las ganancias obtenidas por la venta de una casa en la adquisición de otra vivienda habitual.
Un respiro
En relación a la cuenta vivienda, Tabares explica que el Gobierno central previó que, debido al empeoramiento de la situación económica, los contribuyentes encontrarían cada vez más dificultades para invertir sus ahorros en la compra de una casa.
El asesor contable subraya que
los bancos "casi no están otorgando hipotecas ahora", lo que afecta a muchos que, en estas circunstancias adversas, ya tienen cerca el vencimiento del periodo para comprar su vivienda.
Hasta ahora, el plazo había sido de cuatro años, pero el contribuyente cuenta con otros dos años para materializar la compra de su casa a partir de este ejercicio sin tener que reintegrar los beneficios fiscales acumulados.
Además, Hacienda también permite que hasta el 1 de diciembre de 2009 el titular de la cuenta vivienda pueda emplear ese dinero que, "en principio, no se puede disponer para ningún otro uso". En cambio, este año se podrá recurrir a las cantidades ahorradas en la cuenta vivienda de forma excepcional con la condición de reintegrarlo hasta el 31 de diciembre de este año.
Este mecanismo brindará la posibilidad, a quien lo necesite, de obtener financiación para sus gastos de manera transitoria sin tener que acudir a la banca, explica Tabares.
Otra modificación aprobada este año en materia de vivienda se refiere a la ampliación del plazo para quienes, tras vender su casa y haber obtenido una renta, piensan reinvertir esa ganancia en la compra de otra vivienda habitual.
De esta manera, quien haya vendido su vivienda habitual en el ejercicio pasado dispone hasta el 31 de diciembre del próximo año para beneficiarse de esta modificación.
Otro punto importante, puntualiza el contable, lo constituye la deducción por alquileres de la vivienda habitual.
Había formado parte de las ventajas fiscales en ejercicios anteriores y, tras haber sido eliminada, vuelve en esta ocasión con la condición de que los rendimientos netos del contribuyente no superen los 24.020 euros.
El portavoz del Sindicato de Técnicos de Hacienda (Gestha), José María Mollinedo, explica que, en este caso, la base máxima de la deducción será siempre 9.015 euros, equivalente a la de adquisición de vivienda.
La medida, que por primera vez contempla el Estado, supone una deducción del 10,05% en su tramo, mientras que algunas autonomías ya la venían aplicando. Así, las comunidades pueden sumar otro 4,95% de deducción, hasta completar un máximo del 15% de la renta que paga el inquilino.
Esta deducción en Canarias, que ya estaba contemplada, es del 15%, con un límite de 500 euros anuales para quienes tengan ingresos de 20.000 euros en tributación individual o de 30.000, si es conjunta, y siempre que los alquileres excedan el 10% de la renta anual.
Para Gestha, la iniciativa es "muy buena" por tres motivos. Por una parte, compensa en cierta medida al inquilino frente a los beneficios fiscales que gozan los arrendadores, que tienen una reducción del 50% sobre los beneficios del montante que perciben por el alquiler y que puede llegar al 100% cuando el inquilino es beneficiario del Plan de Fomento del Alquiler o del programa de Renta Básica de Emancipación. La relación "era demasiado beneficiosa para el propietario y no tanto a favor del arrendatario", apunta.
Además, la iniciativa contribuirá a que el fraude "histórico" en materia de alquiler de vivienda se reduzca de manera "importante", hasta "prácticamente hacerlo desaparecer". Al tener los inquilinos que anotar los gastos del propietario, se restringirá "casi por completo" la posibilidad del fraude.
Por último, la medida contribuirá por sí misma al fomento de los alquileres, lo que dinamizará este mercado en una época en la que las ventas están limitadas, por lo que constituye una opción tanto para los propietarios que no logran colocar sus inmuebles como para quienes necesitan una vivienda.
Estas modificaciones no son todas las incluidas en el IRPF de 2008, pero, según Carlos Tabares, constituyen las "más relevantes" para el mayor número de contribuyentes al permitir sortear a muchas familias un "grave problema" al que se podrían enfrentar en la declaración de este año.
Mucha gente, señala, se verá impedida de cumplir con la obligación de comprar su vivienda este año debido a la situación de los mercados, incluso los que disponen del 20% de entrada que suelen pedir los bancos y teniendo buenas nóminas. "Las prórrogas les permitirán juntar más dinero para la entrada de la casa, pedir una hipoteca más baja y dejar que pase la crisis".
Tabares se refirió al extinto Impuesto sobre el Patrimonio, que este año, por primera vez, contempla una bonificación del 100% que, en la práctica, sólo obliga a los contribuyentes a declarar su renta, y no el patrimonio.
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