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El TSJC anula la urgente ocupación de los terrenos del anillo insular

La sala de lo Contencioso estima en parte el recurso presentado por un grupo de afectados y anula el decreto regional por el que se respaldó la expropiación forzosa y la ocupación urgente de parcelas. El Gobierno autónomo prefiere conocer a fondo el fallo, pero lamenta el retraso que originará esta decisión.
25/mar/09 07:31
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ÁNGELES FUENTES, afectada por las obras, señala la vía creada ayer en su finca que denunciará./ ÁLVARO MORALES
ÁNGELES FUENTES, afectada por las obras, señala la vía creada ayer en su finca que denunciará./ ÁLVARO MORALES

ÁLVARO MORALES, Pto. Cruz

Un día que amaneció con una polémica actuación de la maquinaria y los operarios que trabajan en el anillo insular en una finca privada de Icod de los Vinos giró sorprendentemente por la tarde con la noticia de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que anula el decreto 396/2007 del Gobierno regional por el que se impuso la urgente ocupación de los bienes afectados por la carretera.

A la espera de analizar a fondo el fallo notificado a la parte denunciante el pasado lunes, y aunque indicó que deberían ser los asesores jurídicos los que se pronuncien, el director general de Carreteras, Francisco González, conoció ayer por este periódico la decisión judicial, no disimuló su sorpresa y se lamentó por lo que puede suponer para el proyecto, ya que se deberá retomar la vía ordinaria para las expropiaciones, lo que retrasará bastante las obras.

La sentencia de la sección segunda de la sala de lo Contencioso Administrativo del TSJC obedece al recurso presentado por los abogados Domingo Hernández Toste y Frauke Hanna Walzberd a instancia de un grupo de afectados por las obras de la carretera. Aunque aún no es firme en Derecho, según resaltan los propios abogados de los vecinos, la sentencia da la razón a los afectados y considera que se utiliza de forma indebida el procedimiento de urgencia al tratarse de obras "que se proyectaron hace muchos años". Los vecinos también argumentaban que los bienes a expropiar se califican de rústicos, cuando en realidad eran urbanos, y aludían a la pérdida "total" del valor de las fincas no expropiadas y al hecho de que los demandantes residen en estas parcelas, por lo que se verán afectados por las molestias de la intensificación del tráfico.

El Gobierno regional pidió que se desestimara la demanda y argumentó que la urgencia se debía a la existencia de "graves problemas de seguridad vial en la carretera TF-82 por la antigüedad de la infraestructura y sinuoso trazado, del flujo de tráfico producido por el desplazamiento diario de trabajadores del Norte al Sur, por la presencia de numerosas edificaciones en sus bordes, con travesías urbanas y abundantes accesos, y del considerable tránsito de peatones por sus inmediaciones".

Proyecto justificado

Pese a la decisión, la sala no duda de que esas razones justifican la carretera, "que redundará en una mejora de las comunicaciones entre ambas vertientes de la Isla". Sin embargo, aclara que el Gobierno regional "no aporta razones concretas que expliquen en qué medida el recurso al procedimiento expropiatorio de urgencia es la única manera de satisfacer adecuadamente el interés público, de manera que éste se perjudicaría de tener que seguir los trámites del procedimiento ordinario". Para reforzar esta tesis, el fallo alude a que el proyecto definitivo de obras se aprueba el 27 de mayo de 2007 "y no es hasta el 27 de noviembre de ese año cuando se decide declarar la urgente ocupación de los bienes, dilación que no es reveladora de la existencia de circunstancias excepcionales que exijan acudir a un procedimiento excepcional".

La sala no entra en la clasificación del suelo, si es rústico o urbano y si hay o no desajustes en las compensaciones económicas, cuestión que deriva a la fijación del justiprecio. Eso sí, insta a los afectados a solicitar a la Administración la expropiación total de los inmuebles "si consideran antieconómico mantener el resto antes de plantear esta cuestión ante los tribunales de Justicia".

Asimismo, la sala, presidida por Pedro Hernández Cordobés, indica también que los perjuicios que pueda tener el anillo insular para las viviendas no entrarían tampoco en este proceso, ya que el proyecto no ha sido impugnado. En caso de que se busque una mayor indemnización o la expropiación total, invita a los afectados a plantearlo también en el expediente de justiprecio o a pedir la expropiación absoluta.

El proyecto del anillo insular en los tramos de Adeje a Santiago del Teide y desde aquí hasta Icod, pasando por Guía de Isora, El Tanque y Garachico, afecta a unas 700 personas. Sólo en Icod, hay un centenar de viviendas, de las que la mitad son casas habituales.

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