EUROPA PRESS, Madrid
La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional dejó ayer en libertad bajo fianza de 6.000 euros a 8 miembros de la plataforma D3M, ANV y PCTV encarcelados el 26 de enero por orden del juez Garzón que halló indicios de que intentaban reconstruir la dirección de la ilegalizada Batasuna.
La decisión implica que la portavoz de la D3M, Rosario Amparo Lasheras; la representante de ANV y portavoz de la izquierda abertzale, Arantza Urkaregi; el asalariado del PCTV Imanol Nieto; Iker Basterrecha, Elisabet Zubiaga, Hodei Egaña -detenido en dos ocasiones por actos de kale borroka y promotor del acto de homenaje a Iñaki de Juana-; el miembro de ANV Agurtzane Solabarrieta, y el de la Mesa Nacional de Batasuna en 2001 Iñaki Angel Olalde quedan en libertad previo pago de la citada cantidad.
La Sección Segunda estimó parcialmente el recurso de apelación presentado por la defensa de los acusados contra la decisión de Garzón de enviarles a prisión por integración en organización terrorista en contra del criterio del Ministerio Fiscal, que defendía que debían permanecer en la cárcel.
En un auto hecho público ayer, el ponente de la sentencia, el ex vocal del CGPJ Enrique López, explica que "la argumentación" empleada por Garzón en el auto en el que fundamentaba su decisión "no es excesiva" y "permite que se cuestione la naturaleza jurídico-penal de los hechos".
El magistrado coincide con la argumentación de la defensa de los acusados que señalaban en su recurso ante la Sala de lo Penal que los actos detectados por Garzón contra sus clientes "no eran más que actividades de carácter políti-co, en el ejercicio del derecho de participación".
La Sección Segunda considera además que los acusados tienen un elevado arraigo que evitaría un posible riesgo de fuga e indica que no existe en este momento peligro de reiteración delictiva de los acusados debido a que los partidos políticos del ámbito de la izquierda abertzale relacionados con los hechos "han sido ilegalizados".
A pesar de ello el ponente explica que no puede descartarse "la naturaleza delictiva" de su acción, que lleva aparejada una pena mí-nima de 6 años de prisión, por el que se impone la citada fianza.
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