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Costas deja en manos del ayuntamiento el futuro del frente de Las Teresitas

Los planos a los que ha tenido acceso EL DÍA confirman que los aparcamientos del fondo de la playa desaparecen. El mamotreto es legal, aunque le falta la autorización del Gobierno de Canarias, pues se encuentra en una zona de servidumbre. Hay seis metros de tránsito detrás del muro que tampoco se pueden tocar.
21/feb/09 01:57
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LA DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD DE LA COSTA cedió ayer a EL DÍA los planos que determinan el deslinde del dominio público./ el día
LA DIRECCIÓN GENERAL DE SOSTENIBILIDAD DE LA COSTA cedió ayer a EL DÍA los planos que determinan el deslinde del dominio público./ el día

EL DÍA, S/C de Tenerife

La Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar perteneciente al Ministerio de Medio Ambiente reiteró ayer que la obra del conocido como mamotreto está en zona de servidumbre es legal. Por lo tanto, sólo falta la autorización, que no la licencia, que debe otorgar el Gobierno de Canarias, ya que es el único que tiene potestad sobre el espacio de servidumbre para dar el visto bueno a la obra de la entrada a Las Teresitas.

Así, Madrid confirma que son el Gobierno de Canarias y el propio Ayuntamiento capitalino quienes tienen la competencia para establecer qué se va a hacer en el frente de la playa, atendiendo al PGO, con lo cual, se podría entender que será más de uno los recursos que se presentarán ante el anuncio publicado en el BOE y que, según las partes, no tienen conocimiento oficial de dicho deslinde.

La Dirección General de Costas ratificó a EL DÍA que existe una primera línea que corresponde a dominio público detrás de la cual hay seis metros que respetar para el tránsito y que no se pueden tocar, además existe otra zona que es de servidumbre de protección a la que no pueden afectar ni obras ni otros. Costas afirma que "actuamos de acuerdo a la legalidad vigente, aunque si las partes alegantes se consideran lesionadas pueden hacer uso de su derecho a reclamar".

Las obras realizadas.- Por otra parte, Los Verdes de Tenerife han rebatido el trazado del nuevo deslinde de Las Teresitas aprobado por Orden Ministerial de 12 de febrero pasado y publicado en el BOE. El portavoz del citado colectivo, Octavio Hernández, señaló que "la Ley de Costas es clara al señalar que las obras realizadas para ganar terrenos al mar no desvirtúan la demanialidad de los terrenos, es decir, su carácter de dominio público". También comentó que, "según la ley, son de dominio público los terrenos bajos que se inundan como consecuencia del flujo y reflujo de las mareas, de las olas o de la filtración del agua del mar, aunque la inundación haya sido impedida por medios artificiales, tales como muros, terraplenes, compuertas u otros sistemas semejantes".

Para el portavoz, "existe una relación de simetría entre el castillo y el muro sur del cementerio de San Andrés; ambas edificaciones siguen un patrón de ubicación para evitar los embates del oleaje y las inundaciones naturales". Por ello, indica Hernández, "si trazamos una línea imaginaria siguiendo el muro del lado del mar del cementerio hasta el castillo, hallaremos donde se situaba la zona de inundación, que demostraría que gran parte del antiguo campo de fútbol se construyó en dominio público".

Octavio Hernández destaca que "ésta sería la referencia del deslinde según la Ley de Costas, porque el campo de fútbol enterró parcialmente una zona de inundación". Sin embargo, Costas respondió a todas las alegaciones que "no ha quedado acreditado que el campo de fútbol se inundara". Hernández insiste, sin embargo, en que "los terrenos naturalmente inundables cuya inundación de las mareas ha sido impedida por métodos artificiales son dominio público marítimo-terrestre y el campo de fútbol constituía un obstáculo artificial, se extendió un terraplén después amurado sobre una zona encharcada e infiltrada casi permanentemente por el mar; la existencia de obras, como el aparcamiento de la actualidad, no desvirtúa la demanialidad de los terrenos".

Pruebas fotográficas.- Los Verdes explican que "para determinar el alcance del mar, tanto en los grandes temporales como en las mayores mareas, se deben emplear en primer lugar las referencias comprobadas de que se disponga, y el propio Ministerio recomienda especialmente el archivo fotográfico histórico". Sin embargo, no existen fotografías aéreas oficiales anteriores a 1956. La fotografía más antigua de la desembocadura del barranco de San Andrés de la que dispone Grafcan es de 1962 "con el campo de fútbol ya construido". Octavio Hernández aporta, sin embargo, "una fotografía oblicua, la única conocida, que se encuentra en el archivo fotográfico de la FEDAC y es perfectamente accesible, de cuando todavía no se había entullado la zona de inundación para hacer el campo de fútbol". Esta fotografía, señala Hernández, "prueba que la referencia para situar el deslinde probable se debió obtener trazando una línea imaginaria entre el muro sur del cementerio y el castillo de San Andrés". Así, "la Dirección General no sólo incumple la Ley de Costas, porque deja fuera una zona que se inundaba antes de construirse el campo de fútbol, sino además se desdice y contradice totalmente sus propios informes y órdenes de paralización de los aparcamientos. Si hubieran continuado las obras, no se habría invadido el dominio público". Los recursos "están justificados".

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