EFE, Caracas
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) calificó como no ejecutable una decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) que instaba a la reincorporación de los tres magistrados del organismo destituidos en 2003.
El fallo de la Sala Constitucional del TSJ indicó además que la CIDH incurrió en una "evidente usurpación" de sus funciones, y pidió al Gobierno venezolano que "proceda a denunciar" el Tratado o Convención que vincula al país con la instancia regional.
La decisión judicial venezolana, con fecha 18 de diciembre y hecha pública esta semana, considera que "las decisiones de estos órganos internacionales de protección de los derechos humanos no son de obligatorio cumplimiento y no son aplicables si violan la Constitución".
"Lo contrario sería subvertir el orden constitucional y atentaría contra la soberanía del Estado", agrega el texto de la sentencia.
El fallo señala que es la sala Constitucional del TSJ "quien determina cuáles normas sobre derechos humanos de esos tratados, pactos y convenios prevalecen en el orden interno".
Por ello, la sentencia "solicita al Ejecutivo Nacional que proceda a denunciar este Tratado o Convención, ante la evidente usurpación de funciones en que ha incurrido la Corte Interamericana de los Derechos Humanos".
Los ex jueces Juan Apitz, Perkins Rocha y Ana Ruggieri fueron destituidos en 2003 de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo del TSJ, ya extinta, porque presuntamente incurrieron en un "error judicial inexcusable".
La CIDH, organismo autónomo de la Organización de Estados Americanos (OEA) con sede en Costa Rica, falló el 5 de agosto que el Estado venezolano "debe reintegrar al Poder Judicial" a los tres afectados "si éstos así lo desean".
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