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Fedeco llevará el "caso Alcampo" a la Fiscalía si la galería no se cierra hoy

El abogado Carlos Ravelo destaca que como la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias es firme, el ayuntamiento debe proceder de inmediato a cerrar y precintar la galería, que calificó de ilegal, y añadió que se pedirá responsabilidad al ayuntamiento por los daños ocasionados al pequeño comercio.
20/dic/08 07:26
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D. BARBUZANO, La Laguna

Si el Ayuntamiento de La Laguna y el Gobierno de Canarias no proceden de inmediato, es decir hoy mismo, al cierre y precintado de la galería comercial de Alcampo, la Federación de Comercio de Tenerife (Fedeco) recurrirá el caso a la Fiscalía de la Audiencia, según informó a EL DÍA el abogado que lleva el caso por parte de la citada federación, Carlos Ravelo Perdomo.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), como informó ayer este periódico, desestimó el recurso de Alcampo, lo que, a juicio del abogado Ravelo, "anula la licencia de obras y de apertura que se dieron en su día.". Añadió que el conocido centro comercial, " a sabiendas de que la Justicia no le iba a dar la razón a un edificio que es ilegal, ha presentado varios recursos para alargar el tiempo del cierre. Con ello ha ejercido una influencia negativa en el pequeño y mediano comercio".

Fedeco ha comunicado al pequeño comercio que se sienta afectado que está dispuesta a interponer "una solicitud de responsabilidad patrimonial del Ayuntamiento de La Laguna por los daños que les ha ocasionado".

Con respecto a Alcampo, el abogado Carlos Ravelo manifestó que podría pedir daños y perjuicios al ayuntamiento por haberle dado una licencia ilegal.

Fedeco presentó ayer en el Registro del Ayuntamiento de La Laguna un escrito instando al grupo de gobierno a que proceda a ejecutar la sentencia, es decir, el cierre inmediato de la galería.

El segundo escrito lo dirigió a la Dirección General de Comercio del Gobierno de Canarias para que también cierre la galería comercial por no contar con la licencia comercial específica.

El abogado Carlos Ravelo Perdomo manifestó, en último lugar, que dado que tanto se ha dicho que con el cierre de la galería quedarán desprotegidos trabajadores y varios almacenes, "ambas partes deben presentar denuncias por daños y perjuicios. En todo este caso, felicito al TSJC porque es garante de la justicia y la legalidad".

Perjuicio a las pymes

El presidente de Fedeco, Luis de Miguel Bartolomé, señaló que el cierre de la galería comercial debe ser de forma urgente, "ya que ha ocasionado -precisó- un perjuicio continuado al tejido comercial de pymes de este municipio, de la zona metropolitana y de toda la zona de influencia".

Por otro lado indicó que de conformidad con el artículo 176 del texto refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio de Canarias y Espacios Naturales de Canarias, procede que el Ayuntamiento de La Laguna noctifique al promotor o persona relacionada con la obra, la suspensión de los trabajos de la edificación e inmediatamente después de practicada la notificación y sin solución de continuidad. Prosiguió en los siguientes términos: "Deberá procederse al precintado de la edificación o el establecimiento, actividad o uso, así como, en su caso, de la maquinaria y los materiales afectos a aquéllas. También de forma inmediata se darán las órdenes correspondientes para la no concesión del suministro de los servicios de energía, agua, gas, telefonía y cables".

Luis de Miguel Bartolomé recordó determinadas cosas, como la Ley 19/1977, de 1 de abril, para denunciar la situación que se produjo en su día de apertura y explotación de la galería comercial de Alcampo, sin contar con licencias de obras ni de instalación o apertura.

Explicó que mediante la sentencia de 26 de octubre de 2007 del TSJC fue anulada la resolución por la que se concedió licencia de obras otorgada a la entidad Alcampo para la ampliación de su centro y que anuló, además, la resolución del consejero director de la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de La Laguna, Francisco Gutiérrez, por medio de lo cual se reconoció que la licencia de instalación había sido obtenida por silencio administrativo.

La inadmisión del recurso contencioso-administrativo del centro Alcampo se debió a varios hechos, como no ser una actividad administrativa impugnable, por recurrir un acto presunto sin agotar la vía administrativa y por haber caducado el plazo de interposición del recurso.

A todo lo expuesto se añade que si se hubiese podido admitir el argumento de la parte recurrente, que diera como resultado la resolución presunta desestimatoria, "tampoco hace nada por agotar la vía administrativa, presentando recurso de alzada y dejando pasar los plazos legales para el mismo".

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