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Condenado a 17 años de cárcel por el asesinato de un soldado en El Hierro

Los hechos ocurrieron en septiembre de 2007, en la discoteca La Piedra de Valverde, cuando el procesado le asestó cuatro cuchilladas a un joven que murió desangrado. Se celebró con jurado popular.
20/nov/08 07:29
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EL DÍA, S/C de Tenerife

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial tinerfeña ha condenado a Juan Carlos G.G. a 17 años de prisión y al pago de una indemnización de 200.000 euros a los familiares de un militar al cual asestó cuatro cuchilladas en una discoteca de Valverde (El Hierro), en 2007, al ser considerado autor de un delito de asesinato.

Según la sentencia del juicio con jurado popular, la madrugada del 30 de septiembre de 2007 se produjo una reyerta en la discoteca La Piedra de Valverde donde se encontraba la víctima y un amigo del procesado. Seguidamente, el acusado comenzó una reyerta con la víctima en el transcurso de la cual le asestó cuatro cuchilladas, dos en la zona glútea, otra en el tórax que alcanzó una profundidad de 10 centímetros, pero que no dañó a ningún órgano vital y, una cuarta de otros 10 centímetros en la zona abdominal que alcanzó la aorta y la vena cava, lo que provocó una hemorragia masiva que causó la muerte del militar.

El acusado, según el texto legal, dirigió las cuchilladas contra zonas del cuerpo donde se encuentran órganos vitales, siendo consciente del peligro y de la posibilidad de causar la muerte de forma deliberada. El ataque se produjo por sorpresa y de forma inesperada no permitiendo que la víctima se defendiera. Los peritos forenses confirmaron, al igual que los médicos que intervinieron quirúrgicamente al joven que era imposible salvar su vida.

Varios testigos declararon que después de que la víctima cayera al suelo, el acusado hizo varios comentarios relativos a la necesidad de que el herido fuera trasladado inmediatamente al hospital porque se le podían encharcar los pulmones e hizo alusión a la posible gravedad de la lesión abdominal.

Según la sentencia, "la agresión debe ser calificada como alevosa, ya que la víctima fue atacada de forma súbita y sorpresiva sin posibilidad de que pudiera defenderse". Asimismo, se hace constar que la víctima dio un paso atrás y se encendió un cigarro, es decir, "no se había dado cuenta de que lo habían atacado con un cuchillo".

La Sala no estimó ni las agravantes de ensañamiento ni la reincidencia, así como la atenuante de embriaguez ni que actuara en legítima defensa. El que se le detectara un trastorno antisocial de la personalidad no fue determinante para que no fuera consciente de lo que hizo.

El fiscal solicitó por un delito de asesinato una pena de 17 años de prisión. Avelino Miguez, representante de la acusación particular, 17 años y medio, mientras que la defensa solicitó 10 años y un día.

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