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El asesino de Las Bouganvillas, condenado a veinte años de cárcel

El súbdito italiano Stefano E., asestó siete cuchilladas a su compañero de piso el 21 de agosto de 2006, en un apartamento de Adeje. El acusado después de acabar con la vida de su inquilino, envolvió el cuerpo, estuvo dos días con el cadáver en el piso y luego lo llevó al cuarto de las basuras y lo quemó.
15/nov/08 08:32
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EL DÍA, S/C de Tenerife

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial tinerfeña ha condenado, tras conocer el veredicto de culpable emitido por un jurado popular, a Stefano E. a veinte años de prisión y al pago de 180.000 euros en concepto de indemnización a los familiares del compañero de piso del súbdito italiano, que asestó siete cuchilladas a un joven sevillano al que había arrendado una habitación.

Según consta en la sentencia, el día 21 de agosto de 2006 el acusado se encontraba en un apartamento de la urbanización Las Bouganvillas, término municipal de Adeje, y agredió a su compañero de piso, con intención de matarlo, causándole siete heridas, para lo cual utilizó un cuchillo. La primera de las cuchilladas penetró en el cuello y fue la que causó la muerte, pese a lo cual siguió propinándole otras seis heridas, aumentando el dolor de la víctima.

El jurado consideró probado, por unanimidad, que la primera cuchillada que recibió la víctima en el cuello fue propinada por sorpresa y sin dejar posibilidad a que la víctima se pudiera defender. El procesado, tras dar la cuchillada que seccionó la yugular y la carótida, le asestó otras seis más. El jurado no se mostró partidario de una remisión de la pena ni del indulto para el acusado.

Fue el acusado quien admitió haber cometido el hecho, así como las periciales forenses donde se dejaba de manifiesto que la herida causada en el cuello era mortal de necesidad. Durante la vista oral se escucharon las declaraciones de policías nacionales y locales de Adeje, que señalaron que nada más verlos el acusado les dijo: "Yo no he hecho nada. Yo no he matado a nadie. Quiero un abogado".

Ensañamiento

En el veredicto además se recoge que los jurados han tenido en cuenta que "el hecho de que tanto el agresor como la víctima estuvieran de frente no significa que no existiera sorpresa" a la hora de que Stefano E. le causara la muerte a Sergio R.G.

Otro aspecto objeto del veredicto fue determinar si las seis cuchilladas que siguieron a la primera fueron infligidas para causar más dolor a la víctima, ante lo cual los jurados tuvieron en cuenta que "se dieron cuando la víctima estaba aún viva, todas estaban ubicadas en la misma zona y se propinaron en un corto espacio de tiempo y muy seguidas, tal y como lo aseguraron los forenses".

No se consideró que existiera legítima defensa ni que se llegara a probar que el acusado actuara bajo la influencia de un consumo excesivo de drogas y alcohol, así como que la noche de los hechos estuviera consumiendo cocaína.

Según consta en la sentencia, el posible móvil del asesinato fue algún problema relacionado con el pago de la renta del apartamento que compartían el acusado y la víctima. Asimismo, la sentencia dice que "existen rastros de sangre en el inmueble y pueden seguirse estas huellas desde el lugar de los hechos hasta el cuarto en el que se le prendió fuego al cuerpo de la víctima".

De frente y por sorpresa

La herida propinada en el cuello fue asestada cuando la víctima se encontraba de frente al acusado, aunque "ello no excluiría la posibilidad de que fuera proferida por sorpresa e inesperadamente. Para llegar a dicha conclusión, necesariamente debe sopesarse la falta de signo alguno de reacción defensiva, así como la falta de evidencias de que existiera una pelea previa entre ambos o de una discusión tan intensa que hiciera previsible un ataque de esta entidad".

Tampoco se pudo demostrar que los vecinos escucharan ruidos de alguna pelea previa.

Después de conocer la declaración de culpabilidad emitida por los miembros del jurado y que los hechos constituyen un caso de asesinato debe entenderse, según la sentencia, que "el acusado causó intencionadamente la muerte de la víctima con las agravantes de alevosía y ensañamiento, puesto que el ataque se produjo por sorpresa y además se constata la existencia de una reiteración en la agresión".

El Ministerio Fiscal calificó los hechos como propios de un delito de asesinato a veinte años de prisión. La acusación particular pidió 22 años de cárcel. La defensa, por su parte, pidió veinte años de prisión, sin perjuicio de presentar un recurso de apelación.

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