EL DÍA, S/C de Tenerife
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial tinerfeña ha condenado a Mamadou N., Mor T., Mor N., Lamine M. y Bassirou D. a tres años y un día de prisión al ser considerados autores de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros al patronear una embarcación desde Mauritania que llegó al puerto de Los Cristianos en febrero de 2008, con 131 pasajeros a bordo. Según consta en la sentencia del caso, los procesados se pusieron de común acuerdo para patronear desde el día 22 de febrero de 2008 una embarcación rumbo a Los Cristianos, para lo cual hicieron uso de una brújula y de un GPS, dando órdenes al resto de los ocupantes como dónde debían sentarse, así como distribuyendo comida y agua y tomando cuantas decisiones fueran necesarias para que la embarcación llegara a puerto español con la finalidad de introducir inmigrantes de forma clandestina en España. La embarcación llegó a Los Cristianos el día 27 de febrero. En el texto legal se recoge que los hechos son constitutivos de un delito contra los ciudadanos extranjeros, ya que ejerciendo dicha actividad se ponía en riesgo la vida, la salud y la integridad de las personas.
Un grave peligro.- Para el Tribunal "la conducta de los acusados, recogiendo a una serie de personas en las costas africanas (Mauritania), 131 en total, y embarcándolas con la finalidad de traerlas a Tenerife, para introducirlas ilegalmente en nuestro país, conlleva un grave peligro para la vida, ya que los cayucos carecen de medidas de seguridad, lo que supone un riesgo para la vida". En cuanto al papel de Bassirou D., en el juicio no es reconocido por el resto de los coacusados como la persona que pilotaba la embarcación y él mismo se autoexculpa, pero en el juzgado que instruyó el caso, reconoció haber llevado y manejado la brújula. En la sentencia se dice que resultó muy difícil localizar a los testigos que identificaron al citado acusado como el patrón; además, se debe atender a las declaraciones contradictorias prestadas en el juicio por los procesados, así como la de los agentes de Policía de la Brigada de Extranjería que se ratifican en su atestado y además explican que el procedimiento habitual consiste en entrevistarse aleatoriamente con varios inmigrantes para poder conocer quién patroneaba el cayuco.
Fiscal y defensa.- El Ministerio Fiscal calificó los hechos como constitutivos de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros pidiendo para Bassirou D. una pena de seis años y un día de prisión, mientras que para cada uno de los otros cuatro acusados solicitó una pena de tres años y un día de prisión. Por su parte, la defensa de los cuatro acusados se conformó con la pena de tres años y un día, mientras que el letrado de Bassirou D. pidió la absolución.
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