Recientemente ha surgido la polémica respecto del uso de espacios del Auditorio para fines que, al parecer, no son compatibles con su función. El caso reciente es la celebración del banquete de una boda.
El 16 de diciembre de 2004, el Auditorio acogió "la tradicional cena de Navidad de la CEOE-Tenerife". Y el 8 de enero de 2005 me refería en esta columna al hecho de que nuestro "templo insular de la música y sede de nuestra OST" pasase a ser utilizado también como "comedor de catering". Posiblemente, aquel fuese un acto que sentó precedente para lo que ahora ha ocurrido y que la gerente de la empresa pública Auditorio de Tenerife S.A., doña Emilia Martínez, lo vea normal.
Por la información que he leído, me asalta alguna duda más de las que tenía y tengo respecto del Auditorio. Parece ser que la fiesta de dicha boda se celebró en la plaza circundante al recinto. Pensaba yo que había sido en el espacio abierto entre el acceso a la planta diáfana del propio Auditorio y el arranque de la vela que adorna todo el edificio. Si hubiese sido en este lugar, que es del Auditorio, entendería, lo comparta o no, que la empresa haya decidido rentabilizar el espacio con actos como el cometido u otros similares. Otra cosa es la explanada circundante. ¿No es un espacio público a todos los efectos? A lo mejor no y pesa sobre Auditorio de Tenerife S.A. el cuidado y mantenimiento de toda la zona.
Ayuda a mi inquietud una nota que aparecía el 8 de octubre en la página 8 de este periódico, anexa a unas declaraciones de don Adán Martín en las que justificaba la necesidad de obtener recursos mediante esas actividades, y en las que, según confirmaciones de fuentes municipales, decía que Auditorio de Tenerife contaba con la autorización pertinente de la Gerencia Municipal de Urbanismo para la instalación musical, equipamiento de megafonías y otras instalaciones técnicas. Y añadía: "En cualquier caso, el ayuntamiento carece de responsabilidad sobre los eventos que la empresa Auditorio de Tenerife S.A. promueva tanto en el exterior como en el interior del recinto (?)".
¿Cómo es que el ayuntamiento carece de responsabilidad? Tengo escritos al menos 17 artículos, en esta columna, referidos al Auditorio. El último data del 27 de mayo de 2006. ¡Han pasado más de dos años sin que me meta con el recinto y con el Sr. Calatrava! Aquel artículo se titulaba "Pendiente de respuestas" e insistía sobre unas preguntas que había hecho en otro de 12 de enero de 2005 y anteriores. Decía en aquel artículo de 27 de mayo: "¿Dispone dicho recinto de licencia de apertura?, ¿es conforme a las especificaciones de seguridad requeridas a un edificio de uso público y de tal concurrencia?". Terminaba aquel comentario diciendo: "Sr. alcalde, por favor, conteste a las preguntas planteadas, aunque sea en una coletilla de algún artículo dominguero".
En tanto que asiduo usuario del edificio, en cuanto a actividades musicales, sigo sin respuesta a aquellas preguntas. ¿Cómo es posible que "el ayuntamiento carezca de responsabilidad sobre los eventos que la empresa Auditorio de Tenerife promueva tanto en el exterior como en el interior del recinto? ¿Es tan difícil emitir una nota pública en los medios de comunicación explicando la situación? ¿Es o no cierto que el ayuntamiento emite licencia solamente para cada acto? ¿Puede explicarlo la gerencia del Auditorio, o la presidencia del consejo de Administración, si no lo hace el ayuntamiento?
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