Madrid, EFE El juez Baltasar Garzón adelanta que archivará la causa en la que investiga las desapariciones en la Guerra Civil y el franquismo si certifica de forma oficial que los principales responsables de estos hechos han muerto, sin perjuicio de recabar antes datos sobre las desapariciones denunciadas.
Además "debe constatarse la supervivencia o no de presuntos responsables que no ocuparon puestos de alta responsabilidad" en el régimen franquista para decidir si la causa debe ser tramitada "en otra jurisdicción", con lo que ya no sería competencia de la Audiencia Nacional.
Garzón, que, no obstante, ya ha autorizado exhumaciones de cuerpos en 19 fosas de toda España, hace esta reflexión en el auto en el que se declara competente para abrir esta investigación, al estimar que los hechos son constitutivos de un delito de detención ilegal sin dar razón de paradero que encajaría en el contexto de crímenes contra la humanidad.
Además encajarían en el delito contra altos organismos de la nación -que habrían perpetrado los responsables del alzamiento y del régimen franquista- y que no habría prescrito porque está conexo con el de detención forzada, que permanece en el tiempo, como ocurre con las desapariciones de Publio Cordón y Santiago Corella, "el Nani".
El magistrado, que centra su investigación en las personas desaparecidas desde el 17 de julio de 1936 hasta diciembre de 1951, no puede obviar "la posible inexistencia de responsables directos o indirectos de estos crímenes", pero, a su juicio, eso "no impide la necesidad de contar con datos esenciales para la concreción de la calificación indiciaria de los hechos, así como la necesidad de otorgar protección a las víctimas, máxime cuando al día de hoy permanecen desaparecidas".
Por ello cree que "la autoridad judicial competente", que en este caso el juez dice que es la Audiencia Nacional, debe impulsar una investigación para "determinar si esta categoría de delitos detención ilegal (...) en el contexto de crímenes contra la humanidad y en conexión con delitos contra la Constitución y los Altos Organismos de la Nación existe o no".
Después, "deberá ser esa misma autoridad la que decida sobre el sobreseimiento" por vía del artículo 637.3 de la Ley de Enjuiciamiento, que regula el sobreseimiento libre cuando no existan indicios de haberse perpetrado el hecho, cuando el hecho no sea constitutivo de delito o cuando aparezcan exentos de responsabilidad criminal los procesados como autores, cómplices o encubridores.
Ante esa posibilidad, el juez explica que ha dado orden "para que los organismos competentes aporten la certificación de defunción" de los presuntos responsables, entre los que, "ab initio, deberán incluirse los máximos dirigentes del denominado Alzamiento y las personas que, con las responsabilidades en el área donde se produjeron los hechos, tenían responsabilidad en los años a los que se extiende la investigación".
En concreto, el juez ha pedido a los registros civiles que aporten el certificado de defunción de 35 altos cargos del franquismo, desde el dictador Francisco Franco hasta Francisco Regalado, para declarar la extinción de responsabilidad penal por fallecimiento.
También ha reclamado al Ministerio de Interior que identifiquen a los máximos dirigentes de Falange entre el 17 de julio de 1936 y 31 de diciembre de 1951, "para una vez identificados, acordar lo necesario sobre la imputación y extinción, en caso de fallecimiento, de la responsabilidad pena".
© Editorial Leoncio Rodríguez, S.A. |Aviso legal | Mapa del sitio | Publicación digital controlada por OJD