ÁLVARO MORALES, Pto. Cruz
El concejal del área de Urbanismo del Ayuntamiento de La Orotava, Narciso Pérez (CC), medió ayer en el polémico desmantelamiento del tejado de una casa de la calle Calvario que la Coordinadora Ecologista El Rincón denunció el pasado sábado como una clara "irregularidad". A diferencia de lo que asegura Antonio Sánchez, el edil niega que esta casa esté protegida, sostiene que queda fuera del perímetro del Plan Especial del Casco, actualmente en fase de información y alegaciones, y señala que el expediente de Bien de Interés Cultural del número 54 de esa misma vía sólo afecta a su fachada, pero en ningún caso esto impide que se pueda demoler y construir un edificio alternativo, tal y como pretende la promotora que adquirió esta propiedad hace tres años.
La versión de Pérez coincide mucho con la que ofreció ayer a este periódico el gerente de la empresa, Alberto Galbán. El responsable del Grupo Martesei recalcó que poseen todas las licencias pertinentes para demoler la vivienda y para crear el edificio, "después de dos años y medio de gestiones y tras tres modificados del proyecto, ya que el BIC nos obliga a presentar una fachada con ventanas y puertas alineadas, una fachada plana".
El gerente no quiso ahondar en un enfrentamiento con la Coordinadora que cree que no llegará a ningún lugar, si bien cree que "no se puede parar La Orotava". También insistió en que La Policía se acercó al lugar el sábado, pero comprobó los permisos, con lo que desmiente a los ecologistas, que se alegraron de que, "por la intervención de los agentes, se pararan las obras". Asimismo, subrayan que las tejas retiradas se emplearán en la reforma de una casa antigua de Arico del siglo XVIII, "que, a diferencia de ésta de La Orotava, sí tiene valor histórico".
La visión de la Coordinadora sigue siendo muy distinta. Sánchez reiteró ayer su denuncia del pasado sábado y asegura que las obras son "ilegales porque toda casa situada en el entorno de un BIC también está protegida". El ecologista remitió a EL DÍA el artículo 26 de la ley de Patrimonio Histórico de Canarias, que en su primer punto asegura que "la delimitación de un bien inmueble de interés cultural y la de su entorno de protección, en su caso, se determinará con carácter provisional en el acto de su incoacción, sin perjuicio de la delimitación definitiva que se incorpore a la declaración al término del expediente". Asimismo, en su segundo apartado sostiene que, "a efectos de la ley, se entiende por entorno de protección la zona periférica, exterior y continua al inmueble cuya delimitación se realiza a fin de prevenir, evitar o reducir un impacto negativo de obras, actividades o usos que repercutan en el bien a proteger, en su contemplación, estudio o apreciación de los valores del mismo". Sánchez cree que este apartado les da la razón.
© Editorial Leoncio Rodríguez, S.A. |Aviso legal | Mapa del sitio | Publicación digital controlada por OJD