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APT

Sobre el acuerdo del Parlamento y la libertad de expresión

30/sep/08 07:50
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LA Junta Directiva de la Asociación de la Prensa de Santa Cruz de Tenerife, ante el acuerdo de la Junta de Portavoces del Parlamento de Canarias, suscrito por el Pleno, por el que condena de forma expresa el contenido de los editoriales del periódico tinerfeño EL DÍA, quiere hacer las siguientes manifestaciones:

1. Los límites a la libertad de expresión consagrada en el artículo 20 de la Constitución española de 1978 -basada en el derecho "a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción"- sólo pueden ser establecidos por los Tribunales de Justicia, cuando el ejercicio de esa libertad entre en contradicción con otros valores, según se determina en el párrafo 4 del citado artículo: "Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia".

2. Constituye un hecho preocupante que una Cámara Legislativa adopte un acuerdo condenatorio por los contenidos de opinión de un medio informativo. El derecho que asiste a cada parlamentario o a cada partido político con representación en el Parlamento para expresar su discrepancia o rechazo a la línea editorial de EL DÍA no puede extenderse a la toma de un acuerdo en sede parlamentaria.

3. Los editoriales de un medio de comunicación corresponden al contenido de opinión que se reserva a los propietarios del medio. Esa "línea editorial' no es atribuible a los periodistas ni debe confundirse con la línea informativa.

4. El Poder Legislativo carece de las atribuciones para juzgar los límites de la libertad de expresión, en su colisión con otros derechos fundamentales y por cuanto está formado por la suma de representantes electos pertenecientes a partidos políticos, está de hecho sometido a la crítica de la opinión de los medios, por lo que resulta el menos cualificado de los ámbitos para realizar juicios de valor sobre los contenidos editoriales o informativos.

5. La Junta Directiva de la Asociación de la Prensa de Santa Cruz de Tenerife no quiere pronunciarse a favor de la línea editorial de EL DÍA, sino a favor de la libertad de expresión. De hecho, no comparte algunos de los contenidos de la línea editorial de EL DÍA -ni los de otros medios de comunicación de Canarias-, pero defiende el derecho de todos los medios a expresar libremente sus opiniones en su línea editorial.

Con independencia de cuáles sean sus contenidos, defendemos el derecho de los de los periodistas y de los medios de comunicación a expresar de forma libre y abierta sus opiniones, que sólo podrán ser juzgadas, en el ámbito social, por los ciudadanos que acceden a la información y opinión de dicho medio -la audiencia- y, en su caso, por los Tribunales de Justicia a quienes recurran quienes se pudieran ver afectados en su derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, por la expresión de tales opiniones.

Ha sido norma de esta Junta Directiva no pronunciarse en los enfrentamientos entre empresas de medios de comunicación o periodistas entre sí. Estos hechos, lamentables, han sido objeto de debate interno en varias ocasiones y en todas hemos concluido con la consideración de que la Asociación carece de atribuciones para determinar quién tiene la razón. La opinión, más allá de las fronteras de la información veraz que debemos defender por razones de deontología profesional, se inscribe en un universo de libertades que, al contrario que físico, sólo está limitado por las fronteras jurídicas y por la ética personal o colectiva de quien o quienes hacen esa opinión.

6. Queremos expresar, por tanto, nuestro desacuerdo por la extralimitación de funciones que ha realizado el poder político de unas acciones que corresponden al ámbito Judicial y que sienta un peligroso precedente sobre la disposición de los partidos políticos para llevar a un ámbito institucional aquellos conflictos que les enfrentan a la libertad de expresión de los medios de comunicación.

7. A tenor de algunas de las afirmaciones realizadas en la declaración institucional del Parlamento de Canarias, en concreto que ciertos contenidos de los editoriales de EL DÍA son "xenófobos", "atentan contra la convivencia" e incitan "a la subversión del orden constitucional" (figuras que pudieran ser tipificadas como delito), queremos recordar que es obligación de todos los ciudadanos en general, y de los representantes políticos muy en especial, denunciar la comisión de hechos presuntamente delictivos en los órganos judiciales correspondientes.

8. Quienes defiendan el derecho a la libertad de expresión en una sociedad libre no pueden situarse en otra posición que en la de oponerse a cualquier medida coactiva que no parta de los Tribunales de Justicia, que son los únicos legitimados para establecer los límites y fronteras de esa libertad.

Santa Cruz de Tenerife, 26 de septiembre de 2008.

APT

(Asociación de la Prensa de Santa Cruz de Tenerife)

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