EFE, Valverde
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha dictado una sentencia en la que estima el recurso interpuesto por el Cabildo de Lanzarote contra las licencias que el alcalde de Yaiza concedió el 1 de junio de 1998 y 10 de enero de 2001 a la empresa Hotelera de Yaiza para la construcción de un hotel de 660 plazas en la parcela "B" del Plan Parcial Costa Papagayo.
Según un comunicado de la Corporación insular, el Alto Tribunal notificó dicha resolución el pasado 15 de septiembre de 2008, en el que estima el recurso formulado por el Cabildo de Lanzarote y declara nulas de pleno derecho las licencias que el alcalde de Yaiza concedió al Hotel Princesa Yaiza.
Agrega que dichos permisos fueron otorgados por el ayuntamiento aplicando únicamente un plan parcial aprobado en 1974, que no adaptado al Plan Insular, sin contar con el informe previo, preceptivo y vinculante del Cabildo de Lanzarote que para la autorización de obras en los planes inadaptados resulta requisito absolutamente necesario y exigido por ley, al tratarse de un planeamiento jerárquicamente superior al local.
"Como en todas las licencias recurridas por el Cabildo, el informe ni siquiera se solicitó en este caso", asegura el Cabildo. Dicho informe fue emitido por la Oficina del Plan Insular durante la defensa del procedimiento judicial y en el mismo se advierte de la incompatibilidad del proyecto de hotel autorizado en los dos actos municipales recurridos con el Plan Insular de 1991 y con las propias ordenanzas del Plan Parcial, aunque sobre el análisis de estas cuestiones materiales y sus consecuencias no se pronuncia la sentencia.
Esta nueva sentencia es la número 25 de las que se han dictado en los recursos formulados por el Cabildo y no cabe interponer recurso.
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