El municipio de Santa Úrsula se encuentra en la vertiente norte de Tenerife, entre los de La Orotava y La Victoria. Se extiende sobre una superficie aproximada de 22,60 kilómetros cuadrados y cuenta con una población cercana a los 13.530 habitantes, nacida más de la mitad fuera del municipio. Además de su núcleo principal, destacan las zonas de La Corujera, El Farrobillo, La Cuesta de la Villa y otros barrios diseminados por toda su localidad.
Dispone de cinco colegios de Educación Infantil y Primaria, Mencey Bencomo, Santa Úrsula, La Corujera, Tosca de Ana María y San Fernando; y de un instituto de Enseñanza Secundaria, llamado Santa Úrsula, donde se imparte Enseñanza Secundaria Obligatoria, Bachillerato, ciclo medio de Gestión Administrativa, ciclo medio de Comercio y ciclo superior de Administración y Finanzas, entre otros. Sin embargo, este municipio no posee ni ha planificado la creación de ninguna escuela infantil (menores de 0-3 años), dentro de la red de la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias.
El Ayuntamiento de Santa Úrsula presenta una Concejalía del Área Sociosanitaria admirable en muchos sentidos, sobre todo por asumir competencias que sólo los municipios de más de 20.000 habitantes tienen la obligación de cumplir. Así, ésta cubre los siguientes servicios: voluntariado, atención a las drogodependencias, familia y menor, servicios sociales de base, ludoteca, servicio de ayuda a domicilio, prevención básica especializada y un centro terapéutico de alzheimer.
Los primeros días de diciembre de 2007 se publicaron las bases de una lista de reserva para integrar una bolsa de trabajo en el Ayuntamiento de Santa Úrsula, en las categorías profesionales de psicólogo/a, trabajador/a social, fisioterapeuta, masajista, auxiliar ayuda a domicilio, auxiliar administrativo, lucotecario/a y monitor/a deportivo/a, supuestamente para el área socio-sanitaria. Se valoraba la experiencia en puesto similar, un supuesto práctico-teórico, el currículo personal y una entrevista personal. El supuesto práctico teórico aconteció el 21 de diciembre de 2007, y la entrevista al día siguiente.
Dicen, quienes se dedican a esto de hacer oposiciones para entrar en las administraciones públicas, que una lista de reserva es la vía para ser funcionario interino o laboral interino, con el objetivo último de ser funcionario o personal laboral de la administración pública. De ahí, lo primordial de esta selección.
Según la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en su artículo 60.2, "el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección". Se entiende que, en este caso, el presidente del tribunal calificador (político) no debería haber sido miembro de esta selección. Por otro lado, un asesor técnico de dicho tribunal actuó como entrevistador, al menos en unas de la categorías; usurpando, por tanto, la labor del propio tribunal y cayendo por ello en una irregularidad. Si a ello añadimos que los supuestos prácticos-teóricos planteados poco o nada tenían que ver con los aspectos teóricos orientativos de dicha convocatoria, nos encontramos, entonces, con una situación, sin duda, paradójica.
El jurista Alberto Palomar Olmeda comenta lo siguiente sobre el papel de los recursos humanos en la administración pública: "Los asuntos referidos a la gestión de los medios personales de las corporaciones locales constituyen, junto a las políticas presupuestarias y de gestión organizativa, las variables político-administrativas de las organizaciones municipales, y constituyen el soporte, la infraestructura del resto de políticas públicas". A tenor de los hechos, la debilidad del Ayuntamiento de Santa Úrsula en el área de recursos humanos es clara y notoria. La importancia estratégica de una corporación local derivará de la capacidad para potenciar sus recursos humanos como fuente de ventajas comparativas (educación, cualificación, y conocimientos), de su capacidad de invertir intensivamente en capital humano. Inversión que debería simultanearse con la potenciación de otro factor clave: las tecnologías de la información.
Por todo lo expuesto anteriormente, mucho deberá avanzar el Ayuntamiento de Santa Úrsula en el área de recursos humanos para cumplir, como mínimo, la ley del Estatuto Básico del Empleado Público; ley que este consistorio no parece conocer.
* Secretario de la Asociación Wolfgang Köhler
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