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El organizador del I Campus Santa Cruz había sido condenado por estafa

El Juzgado de Instrucción Número 2 de La Laguna condenó, el 7 de diciembre de 2007, a Sebastián Plasencia Carballo a pagar una multa de tres euros diarios durante un mes y a indemnizar a una persona con el valor de una Play Station III por vender papeletas de una rifa y no entregar el premio en otro campus.
10/ago/08 01:47
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F. ALDUÁN, La Laguna

El pasado domingo, este periódico recogía las quejas de varios padres que se sentían estafados por el organizador del I Campus Santa Cruz de fútbol, Sebastián Plasencia Carballo, al no recibir lo prometido durante el desarrollo de dichas jornadas deportivas.

En relación con este asunto, EL DÍA ha tenido acceso a una sentencia del Juzgado de Instrucción Número 2 de La Laguna, a cargo de la magistrada María Celia Blanco, en la que se condena por estafa a esta misma persona, Sebastián Plasencia.

Los hechos por los que la juez decidió que Plasencia era culpable se remontan al mes de agosto de 2007, cuando el autor de la estafa organizó un campus de verano en Ofra.

En este evento, Sebastián Plasencia vendió papeletas de una rifa cuyo premio era una Play Station III. Sin embargo, a la hora de entregar el premio al agraciado, el organizador desestimó esta opción, "llegando incluso a firmar una transacción, con reconocimiento de los hechos ante la OMIC de La Laguna", como reza en la sentencia.

Condena

Por esta razón, y considerando lo anterior como hechos probados, lo sucedido fue calificado por la juez como un delito de estafa, penada en el artículo 63 del vigente Código Penal. Asimismo, en el contenido de la sentencia se asegura que "Sebastián Plasencia Carballo reconoció los hechos y, si bien alegó que no tuvo culpa y que firmó coaccionado el acuerdo de la OMIC, nada de eso quedó demostrado en el juicio. Siendo lo cierto que cobró el dinero de la rifa y que no entregó el premio".

En el fallo de la sentencia, María Celia Blanco tilda a Plasencia de "autor responsable" de una falta del artículo 623 del Código Penal, lo que conlleva "una multa de diez días, a 3 euros diarios, lo que hace un total de 30 euros, y a que indemnice al agraviado con el valor de una Play Station III que se determinará en ejecución de sentencia".

Asimismo, la juez advierte de que "en caso de impago los condenados quedarán sujetos a la responsabilidad personal subsidiaria de localización permanente de un día por cada cuota diaria no satisfecha. Del mismo modo deberá abonar las costas procesales causadas del presente procedimiento".

Por otro lado, este medio intentó ponerse en contacto con Sebastián Plasencia Carballo para que expusiera, si así lo hubiera estimado oportuno y necesario, su versión de los hechos, pero fue imposible establecer la comunicación.

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