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EN POCAS PALABRAS EMILIO RACIONERO MENASALVAS

Manejos urbanísticos

9/ago/08 01:59
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Recientemente hemos podido leer en la prensa las quejas referidas a la lentitud con que se llevan a efecto los Planes Generales de Ordenación Urbana por parte de los ayuntamientos e instituciones superiores que de alguna forma participan en ellos. Y, por tanto, su puesta en marcha con capacidad de dar seguridad jurídica y operativa a quienes dependen de ello para su actividad, ya sean agentes empresariales o simplemente ciudadanos. También hemos podido leer en el brete que se encuentra un párroco del Puerto de la Cruz que tuvo la encomiable idea de proceder a la construcción de un centro para alojar a enfermos del alzehimer, dado la necesidad de ello, y la lentitud burocrática para obtener los oportunos permisos o licencias. Que los ayuntamientos han hecho del urbanismo su principal fuente de ingresos y derivaciones es algo que no admite duda. Que a tales fines se han producido recalificaciones de suelo rústico a urbano que han producido jugosos ingresos, además de sonados "pelotazos", es algo que tampoco ofrece duda alguna. Lo que sí me parece harto dudoso es la recalificación de suelo urbano consolidado a suelo rústico. Y al menos en un caso que tengo conocido esta situación se ha dado. Y las alarmas se me encienden pensando en qué se esconde tras esa decisión ¿A quién beneficia o beneficiará en un próximo futuro? Trataré de sintetizar el asunto. Ayuntamiento de La Matanza de Acentejo. Zona: Risco del Perro. Aquella zona estaba calificada como terreno urbano según lo publicado en el BOP de 28 de diciembre de 1994. Según lo devenido con posterioridad para algún propietario de la zona, tal parece que aquella publicación en el día de los Santos Inocentes fuera eso: una inocentada. Resulta que el perímetro de aquella zona urbanizable estaba perfectamente definido, parcelado, y con las oportunas especificaciones para su consideración de Edificación de Ciudad Jardín. Pues bien, adquiridas las parcelas por distintos ciudadanos y urbanizado en base a aquellas especificaciones para las construcciones que luego se han ido haciendo, viene a suceder que una parcela contenida entre otras ya con edificaciones consolidadas se ve modificada en su calificación pasando de urbana a rústica en el PGOU publicado en el BOC de 20 de agosto de 2003; con el consiguiente perjuicio a la persona propietaria de la misma y de lo que se enteró cuando requirió el permiso para edificar. La parcela la había adquirido en el año 2001 con informe municipal favorable de su situación como urbana. ¿Cómo es posible que una parcela contenida entre otras dos, en la misma línea, pueda cambiar de calificación sin cambiar el conjunto? A mí, que el devenir de la vida y de las actuaciones de los poderes políticos y fácticos me están convirtiendo en lo que vulgarmente se conoce como un malpensado, se me ocurre intuir que algo se esconde en esa actuación. La persona propietaria de dicha parcela es mayor y alemana, una más de tantos que parcial o definitivamente fijan su residencia en nuestra tierra. Y barrunto que alguien con "capacidad" para ello ha pretendido crear un "tiempo muerto" hasta que dicha persona deje este mundo de forma natural o "eutanasiada", si es que no lo deja antes por los disgustos que esta disposición municipal parcelaria le esta produciendo. Quizás también esté prevista ya la recalificación de rústica a urbana una vez que la persona propietaria actual se encuentre en los aledaños de San Pedro. De "expedientes de dominio" hay bastantes ejemplos en el Valle de las Huertas, de San Andrés, y en otros muchos lugares de nuestro entramado suelo.


 

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