HACE UNOS días comenté en esta columna el caso de un obrero en paro que para protestar de su angustiosa situación económica y la de su familia, pedía a las administraciones públicas que contrataran con las empresas modestas del ramo de la construcción obras públicas pendientes de edificar o llevar a efecto donde, posiblemente, él trabajaba antes de su despido. El obrero se dirigió con un "bulldozer" a la autopista TF-5 y lo atravesó en la calzada a la altura de Guamasa, de forma que interrumpía el tráfico. Se llama este trabajador sin trabajo Juan Carlos García, conocido como "Alexis". Por semejante infracción, el obrero sin trabajo no sé si fue detenido, pero el vehículo fue retirado de la vía para restablecer la circulación. Sin embargo, con más diligencia que la habitual en esta clase de delitos, fue presentado el infractor ante un Juzgado de Santa Cruz, donde al parecer, fue enjuiciado por la vía rápida y condenado a pagar una multa, cuya cuantía no expresa el acusado, por consejo de su abogado defensor, en la noticia publicada en este periódico, pero que debe ser abonada diariamente durante ocho meses. El condenado dijo que no tenía dinero para cumplir la condena, pero pidió que se le cambiara por trabajo comunitario. El suceso ocurrió el viernes de la semana pasada. El juicio, el martes. Ignoro, porque he sido de los pocos alumnos universitarios de mi tiempo que no estudió Derecho, si el trámite judicial se llevó a rajatabla, porque la Ley, aunque se aplique correctamente, no parece que sea humanamente justa. Y me supongo que todos los jueces, alguna vez que aplican los textos legales, deben sostener una lucha entre su corazón y su conciencia. Y en este y otros casos, la ley o parece injusta o parece mal aplicada. Y en los dos casos, el Parlamento está para modificarla si no está redactada como Dios manda.
Cité en el comentario anterior sobre un tema judicial, el caso del juez de Icod cuando en el juicio correspondiente absolvió a un joven delincuente de un delito de robos efectuados en unas fincas de cultivo, porque demostró que los alimentos que sustrajo los destinaba a que pudiera comer su familia, que no tenía otra forma de hacerlo. Pero estimo que ningún magistrado de un alto tribunal haya rechazado este fallo y sí elogiaría, aunque fuera para sus adentros, a su colega que, excepcionalmente, dejó que su corazón actuara sobre su deber si las causas de esa actuación eran humana y cristianamente explicables, y con esa decisión no se hacía mal a nadie y un bien cristianamente a algunos que eran muy queridos por el presunto delincuente.
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