EL DÍA, S/C de Tenerife
La Sección Segunda de la Audiencia Provincial tinerfeña condenó a Emmanuel E. a cinco años y medio de prisión y al pago de una multa de 160.000 euros, y a Ananda P.N., a tres años de cárcel y uan multa de 80.000 euros al ser considerados autores de un delito contra la salud pública cometido en 2007.
Según consta en la sentencia, Ananda P.N. llegó el día 11 de septiembre de 2007 al puerto de Santa Cruz de Tenerife como pasajera de un buque procedente de Agaete (Las Palmas) llevando en su equipaje unas zapatillas dentro de las cuales llevaba ocultos 908 gramos de cocaína. La citada sustancia en estado puro correspondería a 518 gramos, cuyo valor en el mercado es de 85.514 euros.
La procesada fue interceptada por la Policía Judicial de la Guardia Civil y colaboró para dar información sobre la forma en que fue contratada y en qué términos debía realizarse la entrega de la droga, en El Fraile.
Los agentes de la Guardia Civil se trasladaron junto a la detenida hasta un hotel de San Isidro, donde recibió una llamada desde Madrid para que se dirigiera el día 12 a una calle de El Fraile donde debía contactar con el otro acusado, Emmanuel E., el cual le hizo una seña a la inculpada para que lo siguiera y hacerse cargo de la cocaína y entregarle un sobre con 3.450 euros como pago de su función como "correo".
Se sustituyó la cocaína.- Durante el juicio se dio a conocer que los agentes de la Guardia Civil, al tener constancia de que en las zapatillas había cocaína, sustituyeron la droga por otra sustancia.
El fiscal calificó los hechos como propios de un delito de tráfico de drogas en cantidad de notoria importancia, por lo que solicitó 7 años de cárcel para Emmanuel E. y para Ananda P.N. una pena de tres años al estimar la atenuante de colaboración con los agentes de la autoridad.
El abogado defensor de Ananda P.N., José Honorio Pérez González, entendió que la colaboración de su patrocinada fue fundamental para que se detuviera al destinatario de la droga en el sur de la Isla y por ello llegó a un acuerdo con el Ministerio Fiscal para que se le rebajara la condena al entender que las informaciones que había aportado sirvieron a los agentes para poder localizar al destinatario de la droga, que era el encargado en Tenerife de distribuir entre los consumidores habituales la cocaína, la cual estaba escondida en el interior de las dos zapatillas deportivas y en el equipaje de la joven para no ser interceptada en los controles.
Una "correo".- La joven declaró en la vista oral que ya había realizado otro viaje desde Madrid a Tenerife con la finalidad de transportar droga, pero que una mujer era la que le daba las indicaciones de cómo debían realizarse las entregas.
La acusada comentó también que "nunca llegó a ver la droga", aunque en la sentencia se recoge que es impensable que creyera que la droga que transportaba era hachís en esas condiciones.
En el texto legal se aclara que "la colaboración fue relevante, ya que contribuyó, al menos parcialmente, en la culminación de la intervención policial".
En cuanto al procesado, de nacionalidad nigeriana, en la sentencia se dice que "los agentes lo ven dirigirse a la acusada, hacerle señas y ordenarle que le siga. Seguidamente se detiene y le entrega el dinero a cambio de la droga".
No se vio justificación a que el procesado tuviera en su poder tanta cantidad de dinero y que la portara a esas horas del día.
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