COMENTARIO NACIONAL FEDERICO ABASCAL
COMENTARIO INTERNACIONAL ANTONIO PAPELL
La paja en el ojo ajeno El decreto nº 25.243 del 21.09.1927 de la Presidencia del Consejo de Ministros, dice: "Artículo 1º.- El territorio nacional que constituye el Archipiélago canario se dividirá en dos provincias, con la denominación de sus respectivas capitales, que serán Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas". No deja lugar a dudas, las capitales se llaman Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas
AGUAYO
TROMPULGA Y CHICHAPIÉ JOSÉ A. INFANTE BURGOS
LA MEDIA COLUMNA FRANCISCO AYALA
EN EL CAMINO DE LA HISTORIA JUAN JESÚS AYALA
MARÍA DEL PINO FUENTES DE ARMAS*
SUPERCONFIDENCIAL ANDRÉS CHAVES
1.- El pasado sábado presentamos, esta vez en Valleseco, la novela de Ana de
DESDE DENTRO RICARDO PEYTAVÍ
COMENTARIO DE EL DÍA