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Amplían el plazo para tramitar los instrumentos de ordenación

Los planes generales de ordenación y los rectores de uso y gestión podrán ampliar su periodo de tramitación en dos años, mientras que para los territoriales parciales y especiales se establece un nuevo plazo de dieciocho meses.
13/may/08 07:40
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EFE/EL DÍA, S/C de Tenerife

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias (Cotmac) adoptó ayer, entre otros acuerdos, el de ampliar el plazo para aprobar los instrumentos de ordenación del Sistema de Planeamiento de Canarias.

De esta manera, explica la Consejería de Ordenación Territorial y Medio Ambiente del Gobierno regional en un comunicado, la ampliación podrá acordarse por una sola vez, en un máximo de dos años para los planes generales de ordenación y planes rectores de uso y gestión.

Asimismo, establece un periodo de dieciocho meses para los planes territoriales parciales y planes territoriales especiales que desarrollen directrices.

El consejero de Medio Ambiente y Ordenación Territorial, Domingo Berriel, en declaraciones a los periodistas, señaló que la aprobación para prorrogar los plazos de redacción de los documentos de ordenación se realizará una vez que se hayan cumplido los dos años de los reglamentos de los procedimientos que han solicitado los ayuntamientos.

"De hecho, existe la posibilidad de que, cuando el planeamiento avance un grado de tramitación, se pueda elaborar la ley de procedimiento de Directrices de Ordenación antes de que se concluya el plazo", apuntó el consejero.

Con carácter general, recordó Domingo Berriel, también se tendrá en cuenta una serie de sentencias, como es habitual en todas las comisiones para su ejecución, la mayoría de las cuales, apostilló el consejero, son desestimatorias de la petición de nulidad del acuerdo adoptado, y favorables a la administración.

La Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias delegó, asimismo, en el viceconsejero de Ordenación Territorial la resolución de las solicitudes de ampliación del plazo de tramitación de los planes generales, planes rectores de uso y gestión, planes territoriales especiales y planes territoriales parciales que desarrollen Directrices.

El órgano dependiente del Ejecutivo autónomo consideró que, para la adopción del acuerdo o resolución de ampliación del plazo de tramitación de estos instrumentos, se deberá presentar por los municipios afectados o por el órgano tramitador afectado -cabildo insular o consejería competente- la correspondiente solicitud adoptada por el organismo municipal en la que se acredite la fecha del acuerdo de inicio del procedimiento de tramitación del plan del que se trate.

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