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Los peritos dicen que la cuchillada que asestó el acusado a su primo fue mortal

Los forenses se ratificaron en que el procesado por asestar una cuchillada a su primo en 2005 en El Fraile no padece trastorno mental alguno. El fiscal mantiene 12 años por un delito de homicidio. La acusación particular se decanta por el asesinato y pide 20 años. La defensa solicita que el veredicto sea de no culpable.
24/abr/08 18:19
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EL DÍA, S/C de Tenerife

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de la capital tinerfeña celebró ayer las pruebas periciales forenses y la de informes finales previas al veredicto en el caso de la muerte de un joven de 21 años en El Fraile, delito del que se acusa a su primo José S.A. y que ocurrió el 5 de junio de 2005.

De las numerosas pruebas forenses practicadas a lo largo de la mañana de ayer se llegó a la conclusión de que el acusado no padece ningún trastorno mental que le impidiera saber que "al asestar una cuchillada a su primo, que penetró en el costado izquierdo, partió una costilla y que tras romper el corazón se asestó en el pulmón", estaba haciendo mal, acción por la que el Ministerio Fiscal solicita una pena de 12 años al entender los hechos como propios de un delito de homicidio, ya que cuando se produjo el hecho "se dejaba sentir que la víctima acudió a buscar al acusado, porque entre la etnia gitana se respeta a los mayores, no se insulta a las madres y se respeta a las mujeres. Así, las ofensas se limpian y se hacen de hombre a hombre. La víctima se sintió ofendida en su honor y fue a buscar a José S.A. con un pincho de barbacoa".

Un gota de sangre

Una gota de sangre en el zapato del acusado confirmaba que se había acercado a la víctima y, pese a que ésta había acudido a casa de sus suegros a buscarlo por asuntos familiares, esgrimía un tenedor de barbacoa, una especie de pincho que es incompatible con la forma de la herida que se encontró durante la autopsia de la víctima, ya que si el arma utilizada fue el pincho tendría dos orificios de entrada y sólo había uno, el mismo que dejaría un cuchillo guanche de 15 centímetros de hoja y que llegó a penetrar hasta el mango en la cavidad torácica de la víctima.

Los peritos del Instituto de Toxicología explicaron que de las muestras de orina y sangre que procedían de la víctima se desprendía que había consumido cocaína al menos 24 horas antes, pero que, en el momento en que ocurrieron los hechos, ya no quedaba en sangre ni en orina prácticamente nada de dicha sustancia.

Tras unos probables altercados entre ambos primos previos al suceso, se produjo la visita de José S.A. al padre del fallecido para decirle que lo dejara tranquilo, pero al llegar éste y verse ofendido fue en su busca con un pincho de barbacoa en la mano, según se desprendió de las pruebas. José S.A., al sentirse amenazado, cogió un cuchillo, lo desenfundó y le asestó una cuchillada para la que "se usó una considerable fuerza, ya que penetró, partió una costilla, rompió el corazón y se enterró en un pulmón". El fiscal demostró que se quería dar la impresión de que la víctima se hizo el haraquiri y que "no es cierto, ya que la víctima sufrió una herida mortal de necesidad y el resto de las erosiones que presentaba el cuerpo no eran sino excoriaciones leves. Con sólo estirar el brazo con el cuchillo agarrado no se puede clavar con esa fuerza", mantuvo el fiscal.

Por su parte, la Acusación Particular califica los hechos como propios de un delito de asesinato y pide 20 años de prisión, ya que entiende que se da alevosía, es decir, que existió una intención de matar y para ello el acusado coge un cuchillo y lo usa, por lo que no se puede alegar eximente de legítima defensa, ya que se dio un forcejeo previo como se demuestra con las excoriaciones que presentaban ambos.

La defensa se decantó por la eximente de legítima defensa y según dijo en la Sala "va sobrado para lograr la absolución, aunque podríamos alegar otros tres motivos como el de enajenación mental, estado de necesidad y el de miedo insuperable".

El acusado, antes de abandonar la Sala, dijo que "esto es una tragedia para mí y para mi familia".

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