EL DÍA, S/C de Tenerife
Las compañías eléctricas dispondrán de un plazo de hasta 15 años para cobrar el déficit tarifario, la diferencia entre los ingresos y costes del sistema eléctrico, en que incurren a priori por la regulación del sector, según una orden del Ministerio de Industria, publicada ayer en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Mediante esta orden se regulan las subastas de los derechos de cobro creados para que las compañías eléctricas puedan financiar el déficit que a partir del ejercicio de 2007, entre el 1 de enero de ese año y el 31 de enero de 2008 ascendió a 1.197 millones, se pueda generar por la regulación de sus tarifas.
Esta orden determina las características de los derechos de cobro y señala que podrán recuperarse "en un plazo máximo de 15 años a partir de la fecha de su desembolso", y establece que la primera subasta que se celebre con esta nueva regulación se haga en un plazo de tres meses, antes del 16 de junio próximo.
Así, el derecho de cobro está integrado por el "valor base" del mismo, que "será como máximo el reconocido como déficit en las órdenes trimestrales por las que se modifiquen las tarifas eléctricas", aunque el valor base definitivo será "el que resulte efectivamente adjudicado en la subasta".
Además, el derecho de cobro incluirá "los intereses de actualización del valor base", que serán anuales y estarán ligados al euribor, tipo de interés del mercado interbancario del euro, a tres meses correspondiente al noviembre inmediatamente anterior al año en que haya de aplicarse.
La orden ministerial también determina que se incluya el derecho de cobro y se abone "como coste de la tarifa mediante la afectación a ese fin de un determinado importe mensual de los ingresos del sistema eléctrico", por lo que el derecho de cobro "tendrá la consideración de coste liquidable del sistema".
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