G. MAESTRE, S/C de Tenerife
El juzgado de lo Penal Nº 5 de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a Dolores H.H. como autora de un delito de lesiones -con el agravante de alevosía y la atenuante de arrebato- a dos años de prisión y a la prohibición de aproximarse a menos de 500 metros y a comunicarse a través de cualquier medio con Guillermo S.D. en un tiempo de cinco años, al que asestó dos cuchilladas "harta de que se saltara las órdenes de alejamiento". La propia autora de la agresión reconoció los hechos ante el tribunal y aceptó la pena solicitada inicialmente por el Ministerio Fiscal.
Según recoge el fallo judicial, los hechos tuvieron lugar el 10 de octubre de 2004, alrededor de las 20:30 horas, cuando, animada por el propósito de menoscabar la integridad física de Guillermo S.D., y portando un cuchillo oculto en una bolsa de plástico, Dolores H.H. se dirigió en busca del que fuera su pareja a un bar situado en la carretera general de El Rosario, a sabiendas de que lo frecuentaba.
Efectivamente allí lo encontró y, tras dirigirse a él manifestándole a voces que la dejara en paz, que no la llamara más por teléfono y que tenía a sus hijos asustados, le abofeteó reiteradamente para, sin sacar de la bolsa el cuchillo que portaba, y sin que él lo advirtiera, asestarle dos cuchilladas que le causaron una herida inciso contusa en la región abdominal y otra herida en la cara anterior del muslo de la pierna izquierda que, además de una primera asistencia médica, precisaron una intervención quirúrgica a posteriori.
Se da la circunstancia de que un agente del Cuerpo Nacional de Policía que no se encontraba de servicio, presenció los hechos y pudo arrebatarle el arma a la acusada y reducirla.
Asimismo, la sentencia recoge el hecho probado de que la pareja mantuvo una relación sentimental durante seis años que terminó aproximadamente en el mes de abril de 2004. Poco tiempo después, la ahora condenada interpuso una denuncia por amenazas contra Guillermo S.D. que terminó con una sentencia del 16 de julio del citado año por la que se condenaba al acusado a una pena de catorce días de multa y a la prohibición de comunicarse o aproximarse a Dolores o a su domicilio en un período de seis meses.
Según manifestó la acusada durante la vista oral celebrada contra ella, estaba "harta" del reiterado incumplimiento de la pena de referencia y tuvo un arrebato que la llevó a cometer la agresión.
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