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Los núcleos del litoral acusan a Costas de aplicar la ley de forma "arbitraria"

Alrededor de 150 personas afectadas por el deslinde marítimo terrestre promovido por la Dirección General de Costas se manifestaron ayer frente a la Subdelegación del Gobierno para reivindicar el valor histórico de los núcleos costeros y la aplicación flexible de la ley.
2/mar/08 19:24
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N. VIZOSO, S/C de Tenerife

Más de un centenar de personas se manifestaron ayer frente a la Subdelegación del Gobierno de Santa Cruz en protesta por lo que consideran una aplicación "arbitraria" de la actual Ley de Costas.

En la concentración, convocada por la Plataforma Ciudadana de Afectados del Litoral Canario, estuvieron presentes vecinos de los núcleos afectados por el deslinde propuesto por la Dirección General de Costas en los municipios de Candelaria, Güímar, La Matanza y Anaga.

Con consignas que hacían referencia a la defensa de los núcleos costeros tradicionales, a la lucha frente a los derribos de los asentamientos costeros o a la necesidad de flexibilizar la aplicación de la ley, los afectados mostraron su apoyo a la ley presentada en el Parlamento por CC y PP, para incluir el carácter urbano de aquellos núcleos que pudieran verse amenazados por una estricta interpretación de la Ley de Costas.

"Todos tenemos los mismos derechos porque son casas construidas antes de la entrada en vigor de la ley en 1988 y no entendemos como se permitió la obtención de licencias para construir casas y ahora dicen que somos ilegales", explican los afectados.

El portavoz de la plataforma, Tomás González, reivindicó que Costas sólo quiera recuperar el Dominio Público Marítimo Terrestre en aquellos enclaves marineros tradicionales y "sin embargo pasa de puntillas por la situación de los grandes hoteles, algunos, incluso, con playas privadas".

Los afectados pidieron que se aplique la ley de igual forma que en el resto del territorio nacional, aspecto, que a su juicio, no se está llevando a cabo, y que se lleve a efecto la ley de acompañamiento de 2002, por la que se autoriza la residencia en núcleos presentes en la zona de servidumbre así como el otorgamiento de concesiones a aquellos asentamientos de valor histórico o etnográfico.

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