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El Supremo apela al pluralismo político para no suspender al PCTV

12/feb/08 18:58
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EFE, Madrid

El Tribunal Supremo justifica su decisión de no suspender las actividades del PCTV diciendo que el pluralismo político debe prevalecer sobre otros intereses, y que "no sería ni proporcionado ni adecuado" impedir el funcionamiento del partido teniendo en cuenta la corta duración del proceso de ilegalización.

En un auto notificado ayer, la sala del 61 del Alto Tribunal explica así su decisión del pasado viernes de no acceder a la petición de la Fiscalía y del Gobierno de suspender cautelarmente las actividades del Partido Comunista de las Tierras Vascas (PCTV) mientras se tramitan las demandas de ilegalización.

El tribunal señala que "una ponderación de los intereses en conflicto excluye la procedencia" de la adopción de dicha medida.

Añade que "la preponderancia de los valores superiores del ordenamiento jurídico establecidos en el artículo 1 de la Constitución, entre los que se encuentra el pluralismo político, impone la subordinación de otros intereses que no alcanzan este rango constitucional".

El TS indica también que si no es procedente acordar el cese de actividades del PCTV tampoco lo será acordar el embargo de sus cuentas corrientes, ni el cierre de locales ni el de su sede social porque estas medidas "serían contradictorias con la decisión adoptada respecto del mantenimiento provisional de las actividades".

No obstante, el Supremo sí acordó prohibir la entrega de fondos públicos a esta formación.

Al respecto el auto afirma que "el pluralismo político, que justifica lo dicho respecto de las otras medidas ya tratadas, no alcanza a garantizar la financiación pública de partidos políticos que, como el PCTV, hayan sido considerados en el trámite de una causa criminal "prime facie" vinculados al complejo terrorista liderado por ETA, a través de Batasuna".

Según recuerda, esta medida "no comporta una pérdida definitiva del derecho afectado" y "puede, en todo caso, ser reparada en el caso de desestimación de las demandas".

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