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ENERGÍA EÓLICA

El TC ve conflicto de competencias en la ley de los parques marinos

6/feb/08 18:49
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EL DÍA, S/C de Tenerife

El Pleno del Tribunal Constitucional (TC), a través de una providencia de fecha 16 de enero, ha admitido a trámite el conflicto de competencias promovido por el Gobierno canario por la decisión del Estado de rechazar la posibilidad de que la Comunidad autónoma pueda autorizar la instalación de parques eólicos en el mar.

Esta causa se presentó a principios de noviembre del año pasado, después de que el Consejo de Ministros negara tanto a la Xunta de Galicia como al Ejecutivo canario su competencia en la aplicación del Real Decreto 1028/2007, que establece el procedimiento administrativo para la tramitación de solicitudes de autorización de instalaciones de generación eléctrica en el mar territorial.

Concretamente, el artículo 2 de dicha norma prevé que "las instalaciones de generación eólica marinas que se pretenda ubicar en el mar tendrán una potencia instalada mínima superior a 50 megavatios" y la Ley del Sector Eléctrico establece que las instalaciones que generen más de esa cantidad están obligadas a poner su energía en el mercado nacional.

Desde el comienzo del conflicto, el Ejecutivo canario ha argumentado que este Real Decreto vulnera las competencias previstas en el Estatuto, que le otorga competencias en materia de "instalaciones de producción, distribución y transporte de energía eléctrica de acuerdo con las bases del régimen minero y energético".

Por su parte, el Ejecutivo central justificó su decisión señalando que ciñe al marco normativo y que "respeta la distribución de competencias en la materia y no vulnera las ya asumidas".

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