EN EL ÚLTIMO pleno del Congreso de los Diputados de esta legislatura, celebrado el pasado día 20 de diciembre, se aprobó modificar los artículos 154 y 268 del Código Civil, con lo que, a partir de ahora, los padres ya no podrán "corregir moderada y razonablemente" a sus hijos, ya que, de hacerlo, puede acarrearles condenas privativas de libertad y de retirada de la custodia al padre o madre "maltratador". Así que, ¡ojo al dato! Según la reforma de dicho texto legal, a los padres ni tan siquiera les queda el recurso que ahora tienen muy limitado de reprender de manera proporcional a sus hijos con una cachetada, porque si lo hacen, juicio al canto.
Tal iniciativa fue aprobada como una disposición adicional de la ley de adopciones internacionales, por lo que el nuevo texto que modifica los ya referidos artículos del Código Civil, donde se regula la patria potestad, no sólo se elimina la posibilidad de corregir a los hijos con mesura, sino que indica cómo deben reprender los padres a los menores, "con respeto a su integridad física y psicológica" y "de acuerdo con su personalidad".
Ante esta reforma, muchos padres se preguntan ahora dónde tendrán el límite a la hora de enmendar una conducta o una actitud inapropiada de sus hijos, ya que la citada reforma, en el fondo, implica que acciones como propinar una cachetada o una nalgada, no cuenten con ningún respaldo legal y, por consiguiente, los autores de tal castigo puedan enfrentarse ante un juez acusados de maltrato, con las consecuencias que tal conducta delictiva pueda conllevar.
En efecto. Lo que verdaderamente ha suscitado polémica en el ambiente familiar ante este cambio legislativo es conocer hasta dónde llega el límite entre lo que para muchos padres significa una actuación disciplinaria sensata para corregir a un hijo malcriado y los malos tratos a los hijos menores, que es muy distinto y reprobable. Es decir, no es lo mismo reprender que reprimir.
¿Qué padres no han corregido alguna vez a sus hijos con una cachetada o una nalgada ante una actitud o comportamiento inadecuado de estos? Ni los niños se han traumatizado, ni los padres hemos disfrutado con este castigo, cuya finalidad no es otra que mantener una disciplina y una autoridad siempre dentro de una relación de cariño. Entre un cachete y un maltrato hay un paso abismal. Confundir uno con otro es una aberración moral. También lo es acentuar los criterios de hiperprotección sobre la infancia que sólo sirven, como se está viendo hasta ahora, para maleducarlos. Hemos pasado de castigar a los hijos a que los hijos castiguen a los padres.
Es cierto que con la referida reforma de la colleja, cachete o nalgada se pretende trasladar a la legislación española la petición de organismos internacionales de que ningún precepto ampare la violencia física. Por lo que la cosa no va más allá de una cosmética legal. Sin embargo, como ya he comentado anteriormente, habría que distinguir entre una simple colleja correctiva que le puede caer a un niño -y que por lo general también le duele al padre o madre que la propina- y el cachete que empezó siendo tal y después pasó a un bofetón, o a una paliza, o a una violencia continuada, lo que delata un deterioro familiar que debería ser objeto de los servicios sociales correspondientes.
Curiosamente, el mismo día en que el Congreso de los Diputados aprobaba la reforma del Código Civil que impedirá a los padres "corregir razonable y moderadamente" a sus hijos, una madre de Gijón acudió a la Policía Local porque sus hijos no se querían levantar para ir al instituto. Al parecer, la mujer temía un episodio de violencia doméstica si actuaba para imponer disciplina, por lo que, en aplicación a lo dispuesto en la nueva redacción del artículo 154 del Código Civil, prefirió que fuera la fuerza coercitiva pública -el Estado- la que pusiera firmes a sus díscolos vástagos: "Los padres podrán, en el ejercicio de su potestad, recabar el auxilio de la autoridad".
Así pues, y como conclusión, ya lo saben ustedes: nada de complicarse la vida ejerciendo una ligera corrección educativa sobre los hijos porque pueden ser condenados a la cárcel. Mejor acudan a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o al Estado mismo, para que les auxilien en la educación de sus retoños revueltos.
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