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El Puerto de la Cruz regulará con una ordenanza la asistencia a domicilio

El departamento de Bienestar Social, que dirige el concejal conservador Luis M. Rodríguez, prevé un procedimiento de urgencia para casos de extrema necesidad. El Pleno del consistorio aprobó por mayoría la iniciativa del grupo de gobierno (PSC-PSOE) de la nueva normativa de ayuda domiciliaria.
22/nov/07 09:47
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EL DÍA, Puerto de la Cruz

El Ayuntamiento del Puerto de la Cruz aprobó por mayoría la ordenanza reguladora del servicio de ayuda a domicilio, que presta el área de Bienestar Social, que dirige el concejal Luis Miguel Rodríguez, y que podrá gestionar el consistorio de forma directa o indirecta.

Esta ordenanza se completa con otra regulación (ordenanza fiscal "de precio público" del SAD) que facilitará la financiación del servicio cobrando a los usuarios cuyo poder adquisitivo lo permita, teniendo en cuenta las diferentes circunstancias socioeconómicas de la población susceptible de ser usuaria, la renta per cápita anual y el patrimonio de las unidades familiares. En todo caso, estarán exentas del pago las unidades cuya renta per cápita y bienes patrimoniales sean inferiores al salario mínimo interprofesional y pagarán el 100 % del servicio las que superen los 1.800 euros. Esta ordenanza "fiscal" entrará en vigor a principios del próximo año 2008.

Se prevé asimismo como novedad el procedimiento de urgencia para los casos en los que se precisa de una actuación inmediata, por imprevista o excepcional, primando la prestación del servicio sobre la tramitación del mismo, que deberá realizarse en el mes siguiente.

La ordenanza recién aprobada se fundamenta en el Decreto 5/1999 de 21 de enero por el que se regula la prestación del servicio de ayuda a domicilio y recogido en la Ley 9/1987 de 28 de abril de Servicios Sociales en Canarias.

Se entiende este servicio como la prestación del conjunto de actuaciones, realizadas preferentemente en el domicilio del usuario, de carácter doméstico-social, de apoyo psicológico y rehabilitador, dirigidas a individuos o familias en situaciones de especial necesidad, facilitando así la permanencia y autonomía en el medio natural de convivencia.

El objetivo principal de esta ordenanza reguladora es el establecimiento de las líneas de actuación, la estructuración y funcionamiento del servicio con el fin de alcanzar el máximo grado de operatividad y eficacia. Se pretende asimismo evitar la hasta ahora excesiva arbitrariedad y discrecionalidad política en la concesión del servicio, buscando de este modo la igualdad de trato social hacia todos los ciudadanos de Puerto de la Cruz.

La prestación del SAD deberá ser polivalente, normalizadora, integradora, preventiva, asistencial, rehabilitadota, transitoria, complementaria a las redes formales e informales de apoyo personal y social, educativa y prestada por personal cualificado.

El SAD pretende la permanencia del usuario en su entorno familiar y social, eliminando de este modo las indeseables situaciones de desarraigo o de exclusión. Se busca asimismo que la prestación del servicio tenga una naturaleza marcadamente cualificada a través de profesionales especializados que desarrollan su labor en el ámbito del Bienestar Social del municipio (Servicios Sociales, Sistema publico de Salud, etc.).

El Servicio de Ayuda a Domicilio tiene por finalidad prevenir y evitar el internamiento de personas que con esta ayuda pueden permanecer en su entorno; favorecer en el usuario el desarrollo de capacidades personales y hábitos de vida adecuados; mejorar las condiciones de convivencia familiares y del entorno; favorecer la participación del usuario en la vida comunitaria; colaborar con la familia y atender coyunturalmente situaciones de crisis personal o familiar.

En líneas generales, podrán acceder a esta prestación aquellos ciudadanos que, por sus limitaciones físicas, psíquicas, socioeconómicas o familiares, tengan mermada su autonomía personal, su capacidad de relación social, además de estar empadronados en Puerto de la Cruz durante al menos un año.

Se establece asimismo un máximo de cinco horas semanales a razón de una hora diaria en la prestación del servicio, siempre en horario de mañana, el cual es en la actualidad prestado por una empresa especializada.

Este servicio municipal se podrá financiar con las aportaciones de la Administración central del Estado, de la Comunidad autónoma, del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz y de los propios usuarios del servicio.

El edil de Bienestar Social portuense, Luis Miguel Rodríguez asegura que "esta ordenanza era muy necesaria. A partir de ahora se regula la prestación de un servicio que pretende dar respuesta al progresivo aumento de la demanda del mismo en base a la realidad social y demográfica. Se ha tenido en cuenta para ello la experiencia en su prestación desde su puesta en marcha".

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