ÁLVARO MORALES, Pto. Cruz
Lo ocurrido con el teatro Atlante y casas como la número 26 de la orotavense vía Nicandro González aún se puede repetir con otros inmuebles del casco con valor patrimonial, como algunas viviendas de la calle Calvario. Por eso, el Movimiento Atlante, pletórico tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias que le da la razón de forma aplastante y que anula las licencias del macroedificio que iba a sustituir al histórico cine, advirtió ayer de que seguirá vigilante para que no se cometan más atropellos al patrimonio sociocultural, artístico y arquitectónico de La Orotava y para que no se use como argumento la falta, por ejemplo, de un Plan Especial del Casco, que, según resalta el fallo judicial y viene denunciando desde el principio esta entidad vecinal, debía haberse aprobado hace mucho tiempo y cuya carencia, en todo caso, jamás podría explicar la destrucción de inmuebles que las administraciones estaban obligadas a proteger.
En un segundo análisis de la sentencia, tras el realizado el pasado domingo para EL DÍA , el Movimiento Atlante subrayó ayer que el fallo "supone un descrédito para el Cabildo y el ayuntamiento, que han concedido de manera irregular estas licencias, sobre todo teniendo en cuenta que desde la Coordinadora El Rincón y el Movimiento Atlante se les había alertado de los graves incumplimientos (acuerdos plenarios, Ley de Patrimonio de Canarias y Estatal, normativas urbanísticas?) que estaban cometiendo". Para estos vecinos, resulta "lamentable que hayan sido los ciudadanos, una vez más, los que vigilemos la labor de las instituciones elegidas por el pueblo para garantizar el cumplimiento de la ley, cuando su obligación es velar por la correcta aplicación de las normas".
Según recalcan, "los incomprensibles y reiterados incumplimientos del ayuntamiento en la elaboración del Plan Especial de Protección han dejado al patrimonio de la Villa en una total indefensión. La gravedad es aún mayor si tenemos en cuenta que desde los movimientos sociales se ha venido insistiendo en la urgente necesidad de contar con una norma clara que garantice la seguridad jurídica del conjunto histórico. No podemos seguir tolerando que se aplique una normativa obsoleta, que data de 1976, como recoge la sentencia. Por eso, celebramos que el alto tribunal establezca que la falta de regulación no puede ser motivo para olvidar el deber de proteger".
Sobre las licencias, subrayan también su certeza sobre que un permiso concedido después de haber sido incoado el Plan Especial de Protección "no podía ser legal de ninguna manera, hecho que ratifica el fallo". En su opinión, resulta "importantísimo que la sentencia estime que dos edificaciones (Atlante y casa 26) habían sido recogidas, con anterioridad a los hechos, en un catálogo arquitectónico de La Orotava. Por tanto, tenían ya reconocidos sus valores patrimoniales, a pesar de que se ha intentado aportar documentación elaborada ex profeso para minimizarlos".
También resaltan que, "ni aun en el supuesto de que esta parcela, situada en el centro del casco histórico, no hubiese tenido inmuebles de reconocidos valores patrimoniales, que no es el caso, se hubiera podido construir una edificación como la que se proponía dentro del Conjunto Histórico".
Objetividad y ley
Los vecinos insisten en que, "desde el principio", su principal objetivo ha sido defender el patrimonio, "y siempre con total objetividad y desde el más escrupuloso respeto a la legalidad vigente. Esta sentencia respalda dos años y medio de intensas y duras luchas, en las que hemos mantenido siempre las mismas tesis, que afortunadamente han encontrado un importante refrendo en el fallo".
Asimismo, alertan de "la práctica habitual de cambiar las normativas y leyes cuando su aplicación es desfavorable a los intereses de algunas administraciones. Este hecho se ha puesto de manifiesto a lo largo de todo este proceso del Atlante, con una propuesta del Cabildo de modificación del artículo 20 de la Ley 4/99 de Patrimonio Histórico de Canarias. Seguiremos vigilantes para que posibles argucias legales no puedan producir un despojo y expolio patrimoniales", advierten.
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