EL DÍA, S/C de Tenerife
La primera jornada del III Congreso de la Sociedad Canaria de Medicina Asistencial y Laboral ha tenido como asunto estrella el debate sobre el nuevo catálogo de enfermedades profesionales, aprobado a principios de este año. Según Maximino Pérez, presidente de la sociedad que agrupa a los médicos de mutua canarios, este documento que sustituye el anterior vigente desde 1978, es "bastante insuficiente, ya que casi no modifica las enfermedades que legalmente son consideradas como enfermedades profesionales". Según este experto, "esto limita la protección de los trabajadores afectos de lesiones concretas y prevalentes, como las enfermedades de la espalda o psiquiátri- cas".
Por esa razón, el centenar de médicos que se reúnen hasta este domingo en el sur de Gran Canaria, consideran que se debería profundizar en el estudio de la etiología y las causas de la enfermedad para poder valorarlas.
Ausencia de las frecuentes
Fuera de este catálogo han quedado patologías como el estrés o las lumbalgias, que son de las más frecuentes. Entre las nuevas patologías que sí entran las generadas en los nódulos de las cuerdas vocales y algunas osteomusculares, como las tendinitis y las sobrecargas.
Además, las enfermedades profesionales sin baja aumentaron en un 36% (de 2.035 a 2.770) en el primer semestre de 2007, según fuentes de CCOO. Las enfermedades profesionales con baja se han descendido en un 50% con respecto al mismo periodo (de 11.722 pasaron a 6.164).
Tras la entrada en vigor de la nueva normativa, el catálogo ampliado de enfermedades profesionales, la declaración de las mismas corresponde a las mutuas. Anteriormente eran las propias empresas las encargadas de dicha declaración.
En España se diagnostican al año casi 30.000 enfermedades profesionales, sin embargo, según estimaciones del Ministerio de Sanidad y Consumo hay una infraestimación del número de enfermedades.
Por esa razón se ha aprobado desde el pasado mes de enero un nuevo catálogo de enfermedades que multiplicará por diez las enfermedades reconocidas en la actualidad.
Hay que tener en cuenta que la enfermedad profesional es única y exclusivamente aquella que se encuen- tra en el cuadro de enfermedades profesionales. Lo demás serán enfermedades comunes, accidentes de trabajo o dolencias causadas por el trabajo.
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