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El Congreso endurece las penas para los conductores temerarios

La nueva norma, que ha pasado al Senado, recoge penas de cárcel para los conductores temerarios que superen en 60 kilómetros por hora la velocidad permitida en vía urbana o en 80 en vía interurbana.
5/oct/07 02:40
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EFE, Madrid

El Pleno del Congreso aprobó ayer para su envío al Senado la proposición de ley que reformará el Código Penal en materia de seguridad vial y que endurece las penas para los conductores temerarios. La iniciativa puede entrar en vigor antes de fin de año.

La reforma contempla penas de cárcel para los conductores temerarios que superen en 60 kilómetros por hora la velocidad permitida en vía urbana o en 80 en vía interurbana.

A partir de la aprobación de la nueva normativa, aquellos que sobrepasen los límites de velocidad serán castigados con penas de prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en todos los casos, serán privados de conducir por un tiempo de entre uno y cuatro años.

La pena de prisión será de entre seis meses a dos años para el que conduzca con temeridad manifiesta y ponga en peligro la vida o la integridad de las personas, y de dos a cinco años si se demuestra que se conduce de esa forma con "desprecio por la vida de las demás".

Quienes conduzcan con una tasa de alcohol de 1,2 gramos en litro de sangre podrán ser castigados con entre tres y seis meses de cárcel, pena que será de seis meses a un año en el caso de que un conductor se niegue a someterse a las pruebas de alcoholemia, drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.

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