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La nueva retención del 1% a los autónomos entrará en vigor el día 21

El principal colectivo afectado por este pago a cuenta a Hacienda, con el que se pretende controlar mejor el fraude y la falsificación de facturas, es el de los profesionales relacionados con la construcción.
2/abr/07 01:42
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EL DÍA, S/C de Tenerife

La nueva retención del 1% que buena parte de los autónomos, sobre todo aquellos ligados a la construcción, deberán aplicar en las facturas que emiten para otros empresarios se aplicará a partir del próximo día 21. El objetivo que persigue con ello Hacienda es controlar mejor el fraude y la falsificación de facturas.

Carpinteros, cerrajeros, instaladores diversos, albañiles, pintores y yeseros están afectados por este pago a cuenta a Hacienda (del 1% de sus ingresos por trabajo contratado), pero también deberán aplicar la retención, conforme al cuadro ya decidido por el Ministerio de Economía y Hacienda, los transportistas de mercancías por carretera, los impresores de textos e imágenes y los fabricantes de artículos de ferretería, así como la industria del mueble de madera y la confección en serie de prendas de vestir y sus complementos.

Esta nueva retención se aplicará casi cuatro meses después de la entrada en vigor tanto de la ley de medidas de prevención del fraude fiscal como del nuevo impuesto de la renta (IRPF), cuyo reglamento fue aprobado el viernes pasado por el Consejo de Ministros. No obstante, para que dicho pago a cuenta pueda empezar a descontarse aún deberá publicarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden del sistema de módulos para 2007.

El reglamento establece que la retención "no procederá hasta que no finalice el plazo de renuncias y revocaciones al método de estimación objetiva", en definitiva, hasta que no se sepa cuántos autónomos renuncian al sistema de tributación por módulos conforme a las últimas modificaciones. Con la reciente reforma fiscal se reduce a 450.000 euros (incluidas las operaciones económicas del cónyuge y parientes más directos) el tope anual que podrían ingresar para no tener que cambiar de modelo, opción a la que se verán abocados un gran número.

En otro contexto, como ya se ha informado, el reglamento del nuevo IRPF que aprobó el viernes pasado el Gobierno suaviza el tratamiento fiscal de la vivienda para los jubilados y los expatriados. En el primer caso, los mayores de 65 años o personas en situación de dependencia (precisan de la ayuda de un tercero para su vida diaria) estarán exentos de tributar por la transmisión de su vivienda habitual -se entenderá por ésta aquella casa en la que se haya residido hasta dos años antes de la fecha de su venta- o por reinversión en la misma. A su vez, los separados, divorciados o con nulidad matrimonial podrán beneficiarse de la deducción correspondiente por adquisición si su primer domicilio se halla en manos de su cónyuge.

Campaña de la Renta

Respecto a los empleados de empresas españolas que trabajan en otros países, Hacienda permitirá que puedan vender su casa y mantener la deducción por adquisición de primera vivienda cuando adquieran otra -siempre en un plazo máximo de dos años-, aunque lleven hasta un año sin residir "efectivamente" en ella. Esta medida, que se aplicará con la entrada en vigor del citado reglamento, tendrá efectos retroactivos desde el pasado 1 de enero (aunque no se materializará hasta las declaraciones de IRPF y Patrimonio a presentar en la primavera de 2008).

De otro lado, el plazo para confirmar los borradores de la declaración de la renta se abre mañana y concluirá el 2 de julio, salvo si el resultado es a ingresar y se domicilia el plazo, en cuyo caso acaba el 25 de junio.

Hasta el pasado día 28 de marzo, la Agencia Tributaria había emitido 2,7 millones de borradores, con lo que duplica el número de documentos enviados a los contribuyentes en el mismo período del ejercicio anterior.

Para confirmar los datos reflejados por Hacienda y su resultado final, se puede recurrir tanto a internet (www.agenciatributaria.es) como a la televisión digital terrestre, el teléfono (901-121224), el mensaje de móvil SMS (al número 5025), las entidades financieras colaboradoras y las oficinas de la Agencia.

La Agencia Tributaria prevé que a mediados de mayo se hayan enviado casi todos los borradores y datos fiscales solicitados hasta esa fecha.

La domiciliación no impide seguir fraccionando en dos plazos el pago del impuesto (el segundo plazo se paga el 5 de noviembre).

Tanto el borrador como los datos fiscales se pueden solicitar hasta el 25 de junio.

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