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Los cuerpos locales tendrán funciones de policía judicial

21/feb/07 07:23
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COLPISA. Madrid

Los 55.000 policías locales de España (todos, excepto los de Cataluña y País Vasco) podrán tener funciones de policía judicial e investigar delitos menores si sus ayuntamientos lo quieren. El Ministerio del Interior ha elaborado un minucioso catálogo de infracciones que los municipales tendrán potestad para resolver, sin que en ningún momento intervengan ni el Cuerpo Nacional de Policía y ni la Guardia Civil, un requisito imprescindible hasta ahora.

La elaboración de este catálogo, que era desde hace casi tres décadas uno de los puntos más conflictivos en todos los modelos policiales, es el aspecto más importante del nuevo Convenio de Cooperación y Coordinación de Seguridad Ciudadana y Vial firmado ayer por el ti- tular de Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, y el presidente de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), Heliodoro Gallego. El acuerdo, apoyado por alcaldes de todos los colores políticos, abre las puertas a que Interior ceda a cada ayuntamiento la instrucción policial de la denominada "delincuencia en territorio próximo".

Los tipos penales que podrán ser competencia exclusiva de los consistorios que los soliciten son catorce: faltas penales, lesiones sin hospitalización, violencia de género, delitos contra las relaciones familiares, quebrantamientos de condenas y comprobación de órdenes de alejamiento, hurtos, recuperación de vehículos, delitos contra el patrimonio municipal, mercadillos ilegales y "top manta", defraudaciones de fluido eléctrico, delitos contra la seguridad del tráfico, omisión del deber de socorro y daños en mobiliario urbano. Una vez firmado el acuerdo marco, los municipios deben ponerse en contacto con Interior para suscribir un acuerdo particular.

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