EL DÍA, S/C de Tenerife
El Gobierno de Canarias, a través de la Dirección General de Tributos, informó ayer a través de un comunicado remitido a EL DÍA de que ha actualizado el límite previsto, estipulado en el artículo 10 de la Ley 20/1991, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, en función de la variación del índice de precios al consumo experimentada en 2004.
Así las cosas, establece que las personas físicas obligadas al pago del Impuesto General Indirecto de Canarias (Igic) quedan exentas del mismo, si el volumen de operaciones de entrega de bienes y prestaciones de servicios realizados en el año anterior no hubiera excedido los 25.000 euros.
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