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Hacienda prevé 247.245 declaraciones del IRPF en la provincia tinerfeña

El plazo oficial comenzó ayer y concluirá el próximo 30 de junio. En este caso se prevé que la cuota a ingresar por la Agencia Tributaria en Santa Cruz de Tenerife sea de 67 millones de euros frente a los 123 millones que se estima devolver, según datos facilitados por González Peñuela.
3/may/03 15:53
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EL DÍA, S/C de Tenerife

La Agencia Tributaria prevé que este año se presenten en Santa Cruz de Tenerife en torno a 247.245 declaraciones de las 534.000 previstas en Canarias, lo que supone un incremento de 8.386 respecto al año pasado, según informó ayer el delegado en la provincia, Jesús Miguel González Peñuela, coincidiendo con la entrada en vigor de la campaña de la renta, que concluirá el próximo 30 de junio para todas las declaraciones.

En este caso, el número de declaraciones con derecho a devolución previstas asciende a 183.854, frente a 59.858 a ingresar.

De esta forma, agregó González Peñuela, el importe estimado de la cuota a ingresar asciende a 67 millones de euros y el importe a devolver suma 123 millones.

Por su parte, el delegado especial de la Agencia Tributaria en las Islas, Emilio Pujalte, anunció en Las Palmas que en todas las Islas se incorporarán 18.109 nuevos declarantes. Asimismo, se contabilizarán 394.109 declaraciones con derecho a devolución y 131.893 sujetas a ingresar. El importe a devolver en el Archipiélago se calcula en 265 millones de euros, diez millones menos que en 2001, mientras que el volumen de ingresos se reducirá en 2 millones, situándose en 167 millones.

Entre las novedades de la actual campaña, el delegado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en la provincia tinerfeña se refirió a la prueba piloto de borrador de declaración de IRPF, que consiste en enviar una declaración ya confeccionada al contribuyente para que éste sólo tenga que firmarla si está de acuerdo con su contenido.

Jesús Miguel González explicó que hasta ahora se han enviado 3.127 borradores en Santa Cruz de Tenerife, y el plazo de petición para los seleccionados concluye el 20 de junio.

Otra de las novedades se centra en que a través de la página web de la Agencia Tributaria y desde el programa Padre se pueden incorporar automáticamente los datos fiscales a la propia declaración. No obstante, esto exige contar con un certificado de firma electrónica, que se puede solicitar, a través de la citada página, a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, acreditándola después en cualquier oficina de la Agencia Tributaria.

En opinión de González Peñuela, esto permite ganar en rapidez y fiabilidad a la hora de declarar, teniendo en cuenta, señaló, que el programa Padre es la herramienta utilizada en el 90% de las declaraciones.Aclaró que con el mencionado certificado se podrá pagar con tarjetas de crédito por internet si la declaración es positiva.

Explicó que en la declaración de este año, el contribuyente tendrá la opción de pedir para el próximo año un borrador de la declaración o los datos fiscales.

También hizo referencia a los servicios de ayuda que ofrece la Agencia Tributaria, en su mayoría a través de la página web www.agenciatributaria.es, tanto en la solicitud de los datos fiscales, como de información tributaria y cita previa para declaraciones simplificadas y ordinarias. Estos aspectos pueden ser solicitados también por teléfono, así como la confección de declaraciones.

Seguridad jurídica

Por otro lado, González Peñuela manifestó que hasta ahora se han realizado ya 14.143 devoluciones rápidas para contribuyentes no obligados a declarar en la provincia, por un importe de 4,627 millones de euros.

En otro orden de cosas, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana afirma que las comprobaciones que practica Hacienda a los contribuyentes deben tener un límite para evitar que se pueda permanecer indefinidamente liquidando, según recoge el portal de asesoría fiscal y laboral Datadiar.

En dicha sentencia, el tribunal asegura que "iría en contra del principio constitucional de seguridad jurídica" el hecho de que Hacienda pudiera practicar comprobaciones sin ningún tipo de límite.

Este criterio claramente contrario a una nueva comprobación por parte de la Administración Central también lo sustenta el Tribunal Supremo y queda puesto de manifiesto a través de una sentencia en el ámbito del Impuesto sobre Transmisiones, si bien es perfectamente trasladable al citado caso en relación con el Impuesto sobre el Patrimonio.

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