Sucesos
Versión para imprimir
Imprimir
SÁBADO, 2 DE FEBRERO DE 2002

Piden entre 6 y 11 años para cuatro personas que traían a Tenerife kilos de cocaína

Los hechos tuvieron lugar en febrero de 1999, cuando dos mujeres y un hombre, de nacionalidad venezolana, traían en sus estómagos la droga para entregarla a un cuarto acusado que les esperaba en un kiosko de Las Teresitas, donde tenía previsto recogerla.

EL DÍA, S/C de Tenerife

Cuatro acusados de un delito contra la salud pública escoltados por cinco policías comparecieron hasta altas horas de la tarde ante el Tribunal de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial tinerfeña, para los que el Ministerio Fiscal solicitó entre seis y once años de prisión y multa para cada uno de tres millones de pesetas.

Según consta en el escrito de calificación del acusador público, "los procesados Félix J.H.S., Sandra C.G. y Claudia R.V., todos ellos de nacionalidad venezolana, llegaron sobre las seis horas del día 9 de febrero de 1999, al Aeropuerto Reina Sofía, procedentes de Caracas".

A Félix J.H.S. se le encontraron un total de 59 envoltorios de cocaína base con un peso neto de 587, 12 gramos y una riqueza del 72 por ciento. Esta sustancia hubiera alcanzado en el mercado un valor de 21 mil euros.

A Sandra C.G. se le encontraron 79 envoltorios de cocaína base con un peso de 787,28 gramos y una riqueza del 77,7 por ciento y un envoltorio de cocaína base con un peso neto de 10 gramos y una riqueza del 71,6 por ciento. Esta sustancia hubiera alcanzado en el mercado un valor de 30.220 euros (5.028.425 pesetas).

A Claudia R.V. se le hallaron 53 envoltorios de cocaína base con un peso de 539,30 gramos y una riqueza del 68 por ciento, así como un envoltorio de cocaína con 10 gramos y una riqueza del 72 por ciento, otro con diez gramos y otros cinco envoltorios con 50 gramos. Esta droga tendría un valor de 3.893.876 pesetas en el mercado al por mayor.

Los referidos envoltorios les habían sido entregados para su ingestión en Venezuela, por una persona que no ha sido identificada, con el encargo de introducirla en Tenerife a cambio de dinero para lo que debían alojarse en un hotel de Puerto de la Cruz y esperar instrucciones sobre la forma de realizar la entrega de la sustancia.

Según se relata en el escrito del fiscal "al descubrirse que Sandra C.G. y Claudia R.V. portaban objetos extraños en sus estómagos a través de la correspondientes pruebas radiológicas, Félix J.H.S., antes de ser trasladado a un centro hospitalario para hacerle unas radiografías, manifestó a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía que él también portaba droga en el estómago, accediendo los tres procesados a colaborar con los agentes para identificar al destinatario de la cocaína".

El día 10 de febrero de 1999, Félix J.H.S. y Sandra C.G., en llamada telefónica a Venezuela, recibieron el encargo de realizar la entrega al día siguiente en el primer kiosco de la playa de Las Teresitas a una persona que los identificaría por llevar camiseta y gorra de color verde y al acercarse debía preguntar si era Sandra para posteriormente él identificarse como Carlos. La participación de Claudia se remitía sólo a esperar en el hotel. Con todos estos datos se procedió el día 11 de febrero de 1999, sobre las diez de la mañana, a establecer un dispositivo policial alrededor de Félix J.H.S. y Sandra C.G., en la mencionada playa capitalina. Sobre las diez y media, se acercó a Félix J.H.G., el destinatario de la droga que resultó ser Agustín H.R."

Una vista tediosa

La vista oral del juicio resultó tediosa por la cantidad de declaraciones, tanto por parte de los procesados como por los numerosos funcionarios implicados en desenmarañar la operación de tráfico de cocaína a través de envoltorios que habían ingerido en una cabaña en Venezuela, a cambio de dinero para ayudar a sus familias.

El fiscal, en su informe argumentó la atenuante analógica de arrepentimiento espontáneo, al tiempo que por el delito contra la salud pública en el caso de Agustín H.R. pedía once años de prisión. Para Félix J.H.G. y para Sandra C.G., solicitaba una condena de siete años de prisión, dejando una petición de seis años de prisión para Claudia R.V. A todos ellos se les pide una multa de 18 mi9l euros (tres millones de pesetas).

El abogado defensor de Agustín H.R. solicitó la libre absolución o, en su caso, una condena de un año de prisión.

La letrada de Claudia R.V. negó la agravante de notoria importancia decantándose por una condena de tres años de prisión, argumentando que colaboró con la policía y que obró por sufrir un estado de necesidad.

La defensora de Sandra C.G. y de Félix también argumentó que no es cantidad de notoria importancia y que cometieron el delito debido a la precaria situación en que se hallaban.

Durante el juicio se argumentó que uno de los procesados había enviado una carta amenazando a Sandra C.G., cosa que fue desmentida por el letrado del acusado.

Todos los agentes que intervinieron en el dispositivo afirmaron que sin la colaboración de los súbditos venezolanos no hubiera sido posible la detención del presunto destinatario de la droga en Tenerife, aunque éste cuando fue detenido no portaba dinero encima, pero sí produjo un altercado con uno de los agentes cuando, al ser detenido, le propinó un cabezazo.

Tres arrepentidos

Los súbditos venezolanos manifestaron tras los turnos de informe su arrepentimiento, por lo que habían hecho y por su participación en un delito de tráfico de cocaína a cambio de dinero. El estado de necesidad que padecían sus familias, manifestaron en la Sala, que les llevó a cometer el delito y pidieron clemencia al Tribunal.

Por su parte, Agustín H.R., dijo que "probar que se es inocente es muy difícil".

© Editorial Leoncio Rodríguez, S.A. Avda. Buenos Aires 71, S/C de Tenerife. CIF: A38017844.

eldia.es Dirección web de la noticia: