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DOMINGO, 13 DE ENERO DE 2002

Declarado inocente de agredir sexualmente a una mujer con la que tenía amistad

Los hechos tuvieron lugar el día 1 de abril de 2000, cuando el acusado se encontró con una amiga con la que estuvo varias horas, llegando a almorzar juntos.

EL DÍA, S/C de Tenerife

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial tinerfeña ha absuelto a un hombre acusado de un presunto delito de agresión sexual y de una falta de lesiones al haberse encontrado varias contradicciones y ambigüedades en el relato de los hechos denunciados por la presunta víctima.

Según consta en la sentencia del caso "el día 1 de abril de 2000, el acusado contactó con una mujer a la que le unía una antigua relación de amistad, marchando ambos en dirección a Las Mercedes y almorzando en un restaurante".

En un momento dado, sin que haya resultado acreditado si fue antes o después de estar en dicho restaurante, prosigue la sentencia argumentando que "se dirigieron a un descampado donde mantuvieron relaciones sexuales, concretamente coito vaginal. Posteriormente, sobre las cinco de la tarde, estuvieron en un bar de Las Teresitas y, tras abandonar el citado lugar, regresaron sobre las diez de la noche. Encontrándose en dicho bar, la mujer llamó a la Policía, que se personó en dicho establecimiento y la trasladaron al hospital de La Candelaria, donde fue examinada por el médico forense y dos doctoras".

Las lesiones que se apreciaron, según el texto legal, fueron tumoración, contusión, hematoma frontal medio, hematomas diseminados por el brazo derecho e izquierdo, contusiones y erosiones en ambas rodillas, así como en la cara interna del muslo izquierdo en su zona alta que tardaron en curar 37 días.

El fiscal pedía nueve años

El Ministerio Fiscal calificó los hechos como un delito de agresión sexual y una falta de lesiones, solicitando por el primer delito nueve años de prisión y por la falta seis arrestos de fines de semana y una indemnización de más de un millón de pesetas.

Por su parte, Emeterio Rivero Rivero, abogado defensor del inculpado, solicitaba la libre absolución.

Según consta la sentencia del caso, "las partes acusadoras han sido incapaces de presentar pruebas de cargo suficientes". Además, "en el caso enjuiciado el testimonio de la víctima adolece de alguno de dichos requisitos. Se observan contradicciones en el relato de los hechos que se denunciaron, en cuanto a la forma real en que éstos ocurrieron y, concretamente, parece poco verosímil que si el acusado hubiere utilizado la violencia o intimidación para lograr el acceso sexual con la denunciante, ésta hubiese continuado durante varias horas en compañía del mismo, trasladándose juntos hasta Las Teresitas, donde estuvieron en un bar en dos ocasiones, realizando varias consumisiones y que durante este tiempo la denunciante no hiciera alusión a los hechos, sino al final de la noche, tras haber estado varias horas juntos. Ambigüedades y contradicciones todas estas que, en definitiva, muestran la inexistencia o al menos la debilidad de las pruebas que llevan a la conclusión de que no ha resultado probada la culpabilidad del acusado".

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